Disposiciones generales. . (2023/75-3)
Acuerdo de 18 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026.
3 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 75 - Viernes, 21 de abril de 2023

página 7151/2

Se aprueba la formulación del IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en
Andalucía 2023-2026, que será elaborado por la Consejería de Empleo, Empresa y
Trabajo Autónomo, a través de la Dirección General de Comercio.
La estructura, elaboración y aprobación se realizará conforme a las previsiones
establecidas en el presente acuerdo y el artículo 21 de la Ley 15/2005, de 22 de diciembre,
de Artesanía de Andalucía.
Segundo. Finalidad.
El IV Plan Integral para el Fomento de la Artesanía en Andalucía 2023-2026 tiene como
finalidad promover su permanente desarrollo y difusión, la mejora de la comercialización
de los productos artesanos y el apoyo en materia formativa de los oficios artesanos.
El Plan se conformará a partir de los siguientes objetivos estratégicos:
1. La formación del sector artesanal respondiendo a las necesidades y potencialidades
detectadas, priorizando en aspectos relacionados con la trasferencia de los oficios entre
generaciones, garantizando la continuidad y asegurando la protección de la artesanía
andaluza, al mismo tiempo que facilite herramientas que redunden en la innovación social
y el emprendimiento.
2. La digitalización como estrategia de continuidad y renovación en el ámbito de la
artesanía, a través de practicas innovadoras que garanticen su necesaria transformación
para adaptarse a los retos actuales del sector.
3. La visibilidad a través de la promoción y consolidación de la artesanía en todos los
ámbitos y sectores, garantizando, acentuando y resaltando su presencia en los distintos
escenarios socioeconómicos que favorezcan su distinción, desarrollo y proyección.

Cuarto. Procedimiento.
1. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo a través de la Dirección
General de Comercio, elaborará un documento base del IV Plan Integral para el Fomento de
la Artesanía en Andalucía 2023-2026. Para ello contará con la participación de los agentes
económicos y sociales del sector artesanal de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Concluida la redacción del documento base, la Dirección General de Comercio
elaborará una propuesta inicial del Plan, para cuyas líneas básicas será previamente oída
la Comisión de Artesanía de Andalucía.
3. La propuesta del Plan será sometida a información pública por un periodo no
inferior a veinte días, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el
sitio web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y se recabarán los
informes preceptivos exigidos por la normativa general de aplicación.
4. Cumplimentados los anteriores trámites la Dirección General de Comercio,
trasladará la propuesta final del Plan, oída la Comisión de Artesanía de Andalucía, a la
persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, a fin de que lo
eleve al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva mediante Decreto.
Quinto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo para
realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y ejecución del presente acuerdo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282188

Tercero. Contenido.
Los elementos centrales del Plan son los siguientes:
a) El análisis y diagnóstico de la evolución de la artesanía en Andalucía.
b) El objetivo finalista y los objetivos intermedios a lograr durante su vigencia.
c) Las estrategias y los programas de acción para dar cumplimiento a los objetivos.
d) El programa financiero del Plan.
e) Los mecanismos de evaluación y seguimiento del Plan, así como los indicadores
de su ejecución, indicadores de género y las medidas para realizar, en su caso, las
adaptaciones procedentes.