Disposiciones generales. . (2023/75-4)
Acuerdo de 18 de abril de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo 2024-2028.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 75 - Viernes, 21 de abril de 2023

página 7153/3

ACUERDO
Primero. Formulación de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo
2024-2028.
Se acuerda la formulación de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el
Trabajo 2024-2028 (en adelante, EASST), cuya elaboración y aprobación se realizará
conforme a las determinaciones y disposiciones establecidas en el presente acuerdo.
Segundo. Objetivos de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo
2024-2028.
La EASST constituirá el instrumento de planificación, programación, coordinación,
impulso, seguimiento y evaluación de la política de la Junta de Andalucía en materia de
seguridad y salud en el trabajo y control de la siniestralidad laboral.
Para conseguir estos fines, la EASST establecerá un enfoque estratégico y una serie
de líneas de actuación prioritarias que promuevan una mejora eficaz de la seguridad y
salud laboral de las personas trabajadoras en Andalucía.

Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.
1. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, a través de la Dirección
General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral y con la participación del Instituto Andaluz
de Prevención de Riesgos Laborales y de la Dirección General competente en materia de
salud pública para las materias vinculadas a la salud laboral, elaborará un primer borrador
de la Estrategia, que será informado por parte del Consejo Andaluz de Prevención de
Riesgos Laborales hasta su aprobación como propuesta inicial de la EASST.
2. Esta propuesta inicial de la Estrategia se trasladará a la Dirección Territorial de la
Inspección de Trabajo y Seguridad Social en Andalucía, así como a todas las Consejerías
de la Junta de Andalucía y los organismos y áreas de la administración andaluza con
interés en la materia, para su análisis y aportación de los comentarios o sugerencias que
estimen procedentes.
3. Una vez consideradas dichas aportaciones, la propuesta de Estrategia será
sometida a información pública por un período de quince días hábiles, anunciándose en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en el sitio web de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo.
4. Tras considerar las aportaciones realizadas en el período de información pública,
la propuesta de Estrategia será informada por el Consejo Andaluz de Prevención de
Riesgos Laborales para su aprobación.
5. El documento resultante se someterá a los trámites establecidos, recabándose los
informes preceptivos que exige la normativa de aplicación.
6. Finalmente la persona titular de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo elevará la propuesta de Estrategia al Consejo de Gobierno para su aprobación
definitiva mediante acuerdo.
7. La Estrategia deberá estar aprobada en el plazo de quince meses desde la firma
del presente acuerdo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282190

Tercero. Contenidos de la Estrategia Andaluza de Seguridad y Salud en el Trabajo
2024-2028.
En el diseño de la EASST se tendrán en cuenta, al menos, los siguientes contenidos:
a) Introducción y antecedentes.
b) Diagnóstico de la situación de la prevención de riesgos laborales en Andalucía.
c) Objetivo estratégico.
d) Objetivos generales.
e) Ejes y líneas de actuación.
f) Marco presupuestario.
g) Definición de indicadores y criterios de seguimiento y evaluación.