3. Otras disposiciones. . (2023/74-43)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Jaén, por la que se concede autorización administrativa previa del proyecto que se cita, en el término municipal de Marmolejo (Jaén). (PP. 1474/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

página 6277/5

Línea de evacuación «SET Zumajo I» a «Entronque zumajo 1E»:
Se trata de una línea aérea de tensión 132 Kv cuyo origen está en la «SET Zumajo I»
(coordenadas UTM – 30S: X= 394178, Y= 4214188), hasta el entronque Zumajo 1E
(coordenadas UTM – 30S: X= 394166, Y= 4214180), con una longitud de 15 metros.
Linea de evacuación entronque Zumajo 1E – SET Promotores Guadame:
• Tensión de línea: 132 kV.
• Longitud de línea: 3270 metros.
• Categoría de línea: 1.ª categoría.
• Tipo de zona: Zona A.
• Velocidad de viento considerada: 120 km/h.
• Tipo de montaje: Simple circuito (SC).
• Número de conductores por fase: Dúplex.
• Frecuencia de la línea: 50 Hz.
• Factor de potencia: 0,95.
• Número de apoyos proyectados: 13.
Segundo. Estas autorizaciones se otorgan de acuerdo con lo dispuesto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica y con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de
agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen
de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas
a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos
volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establecen.
Tercero. En base al artículo 128.4 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en
el plazo de un mes deberá presentar la solicitud de aprobación del proyecto de ejecución,
contado a partir de la fecha de la presente resolución, indicando que se producirá su
caducidad si transcurrido dicho plazo aquélla no ha sido solicitada, pudiendo solicitar el
peticionario, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido.
Cuarto. Según el artículo 130 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, el titular
deberá presentar, junto con la correspondiente solicitud de Autorización Administrativa de
Construcción, el proyecto de ejecución elaborado conforme a los reglamentos técnicos
en la materia y en particular, deberá cumplir el condicionado impuesto en el Informe
de carácter Vinculante emitido por la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Jaén. Además, se presentarán en forma de separata
aquellas partes del proyecto que afecten a bienes, instalaciones, obras o servicios,
centros o zonas dependientes de otras Administraciones, para que éstas establezcan el
condicionado técnico procedente.

Sexto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta
Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones,
permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Quinto. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier
momento en que se constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la
misma. En tal supuesto la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la
revocación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.