Autoridades y personal. . (2023/74-20)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se nombra personal funcionario de carrera, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Auxiliares Técnicos y Técnicas de la Junta de Andalucía, opción Medio Ambiente, correspondiente a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal en cumplimiento del Decreto 213/2017, de 26 de diciembre, y del Decreto 406/2019, de 5 de marzo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

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de Selección, relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para
su posible nombramiento como personal funcionario de carrera.
Tercero. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, para adquirir la condición de funcionarios de carrera, deberán realizar
acto de acatamiento de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de Andalucía, del resto del
ordenamiento jurídico y tomar posesión dentro del plazo establecido en el punto siguiente.
Cuarto. La toma de posesión deberán efectuarla ante las Secretarías Generales
Técnicas de las Consejerías y Secretarías Generales u órganos asimilados de las
Agencias para destinos en los Servicios Centrales, y ante las Secretarías Generales de
las Delegaciones, Direcciones Provinciales u órganos asimilados de las Agencias, para
los destinos de los servicios periféricos, en el plazo de un mes, contado a partir del día 3
de mayo de 2023.
Quinto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas,
y en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, de Incompatibilidades del
personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los
Organismos y empresas dependientes, el personal aspirante aprobado que se relaciona
en el Anexo I de esta resolución para tomar posesión, deberá realizar la declaración a que
se refiere el segundo de los preceptos citados, o la opción o solicitud de compatibilidad
contemplados en el artículo 10 de la Ley 53/1984.
Sexto. Los Centros Directivos en los que se encuentra adscrita la plaza adjudicada
a cada funcionario, según Anexo I adjunto, tramitarán por el Sistema de Información
de Recursos Humanos la toma de posesión ante el Registro General de Personal, de
conformidad con la Orden de 24 de septiembre de 1999, de la entonces Consejería de
Gobernación y Justicia, por la que se adopta la aplicación del SIRhUS.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes a partir
del día siguiente a su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante
los órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente
a su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 14 de abril de 2023.- El Secretario General, Arturo Domínguez Fernández.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00282021

Séptimo. Si durante la tramitación del proceso de toma de posesión se produce la
modificación de las estructuras orgánicas de la Administración de la Junta de Andalucía o
la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que conlleve el
cambio de la adscripción orgánica de alguno de los puestos de trabajo relacionados en el
Anexo I adjunto, la presente resolución se entenderá modificada en el sentido de quedar
dichos puestos adscritos al nuevo centro de destino.
En todos los casos establecidos en el apartado anterior, la toma de posesión se
realizará ante órgano al que le corresponda la competencia con arreglo a lo dispuesto
en el artículo 24 del Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de
Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración
General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero.