3. Otras disposiciones. . (2023/74-55)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cazorla (Jaén). 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

página 6998/52

Si bien este Ayuntamiento no formalizó encomienda de encargo a favor de la Mercantil
mencionada en su creación por ser el régimen jurídico en el momento de su creación, se entendió
la encomienda en el propio acto constitutivo. Es posteriormente en la modificación de sus
estatutos, acordada en Pleno municipal el 30 de diciembre de 2019, entrando en vigor a mediados
del ejercicio siguiente (2020), en que se reconoce a HISERCA, S.A. la condición de medio propio
del Ayuntamiento.
Conforme al artículo 32 de la Ley 9/2017 LCSP, como poder adjudicador, este Ayuntamiento se
vale de persona jurídica distinta y de derecho privado, cuyo encargo entiende este Ayuntamiento
que se realiza mediante el acuerdo de concesión -conforme la definición establecida en la Orden
EHA/3362/2010 de 23 de diciembre de empresas concesionarias de infraestructuras públicas- y
la memoria justificativa de la creación y constitución de HISERCA, S.A. y aprobación de la
prestación de Servicio Público Municipal del agua, alcantarillado, saneamiento y depuración.
Conforme al artículo 86 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público,
la entidad mencionada dispone y desarrolla medios suficientes e idóneos para realizar las
prestaciones, en concesión, del sector mencionado de su actividad, base de su objeto social,
considerando este Ayuntamiento que es la opción más eficiente en la prestación de este servicio
público, resultando hasta la fecha sostenible y eficaz, con total cumplimiento de rentabilidad
económica así como de recuperación de la inversión.
Así pues, y en cuanto a la aplicación de los requisitos manifestados a este Ayuntamiento en
cumplimiento de los criterios legales exigidos e informe de fiscalización se va a proceder a
implantar:
1. Realización y aprobación de Ordenanza fiscal no tributaria, tarifaria de los servicios
encomendados de la prestación del Servicio Público Municipal del agua, alcantarillado,
saneamiento y depuración, así como del servicio de parking y todo ello conforme lo establecido y
criterios del RDL 781/1986 en cuanto a la suficiencia de las tarifas (P.P.N.T.)
2. Actualización del censo de entidades dependientes incorporando el alta, en la Plataforma de
Rendición Telemática.
TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN
La Corporación acepta los hechos manifestados en el informe y la recomendación propuesta
sobre la regulación que han de tener los ingresos por la prestación de los servicios del ciclo
integral del agua.
Por ello, informa que procederá a elaborar y aprobar una Ordenanza no Tributaria tarifaria de
los servicios encomendados de la prestación del Servicio Municipal del agua, alcantarillado,
saneamiento y depuración, así como del servicio de parking.

00282035

Al mismo tiempo la entidad se compromete a actualizar el censo de las entidades dependientes
en la Plataforma de Rendición Telemática de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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