3. Otras disposiciones. . (2023/74-55)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cazorla (Jaén). 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

página 6998/23

Una vez analizada la documentación publicada, de acuerdo con la normativa sobre
transparencia, se han puesto de manifiesto los siguientes incumplimientos:
- No se facilita el acceso a través de internet de las sesiones plenarias [artículo 21 LTPA].
- No se publican: los Presupuestos (último depositado 2016), Cuentas Anuales, Deuda Pública,
etc. (artículo 16 LTPA)
- No están disponibles las versiones iniciales de las ordenanzas o reglamentos locales, una vez
aprobados por el Pleno de la Corporación, no están actualizadas y en algún caso solo está
depositada una propuesta de ordenanza [artículo 13.1 y 2 de la LTPA].
- No se publica una relación de los procedimientos en los que sea posible la participación de la
ciudadanía mientras se encuentren en trámite [artículo 14.c) LTPA].
- No se depositan todas las Actas de los Plenos celebrados.
- No están actualizadas o no existe información sobre contratos (listado de 2015), convenios
(listado de 2014) y subvenciones (concedidas 2015-2017 y recibidas 2015). (artículo 15 LTPA)
Personal

63

El Ayuntamiento no cuenta en 2019 con una RPT que recoja el contenido mínimo establecido en
los artículos 15 y 16 de Ley 30/1984, así como del artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público.

64

No se ha realizado la remisión de la información que el órgano interventor debe enviar
anualmente al Ministerio de Hacienda en relación con las obligaciones establecidas en el artículo
7 “Información sobre personal” de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se
desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera24.

65

La Entidad no calculó ni aprobó la masa salarial para el ejercicio 2019, suponiendo un
incumplimiento del artículo 103 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local.

66

La Entidad local no publica semestralmente, ni en su sede electrónica ni en el BOP, el número de
puestos de trabajo reservados a personal eventual. De la misma forma, el Presidente de la
Corporación tampoco informa trimestralmente al Pleno el cumplimiento de lo anterior. Estas dos
circunstancias constituyen un incumplimiento normativo de los apartados 5 y 6 del artículo 104
bis de la LBRL.

24
Artículo 7: “Las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales remitirán, una vez aprobados sus correspondientes presupuestos
y estados financieros, información detallada sobre los gastos de personal (….). Asimismo, remitirán información sobre la ejecución
de los gastos de personal durante el mencionado ejercicio, así como la ejecución definitiva de dicho presupuesto o estado financiero
(…)”.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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A) Estructura organizativa, planificación y ordenación del personal