3. Otras disposiciones. . (2023/74-55)
Resolución de 14 de abril de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Cazorla (Jaén). 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

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Control interno
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Se ha comprobado que confluyen en un mismo puesto de trabajo el desarrollo de funciones
incompatibles desde el punto de vista de control interno, como son las de intervención,
contabilidad y tesorería (§ 67).

56

El Pleno de la Corporación acordó sustituir la fiscalización previa de los derechos e ingresos de la
Tesorería de la Entidad y la de su organismo autónomo, por el control inherente a la toma de
razón en contabilidad y el control posterior. No obstante, la intervención municipal no ha llevado
a cabo el control posterior en los términos requeridos por el artículo 9 del RD 424/2017, por el
que se regula el régimen jurídico del control interno de las entidades del Sector Público Local.

57

Como resultado del trabajo de fiscalización se han detectado actos y expedientes tramitados con
incumplimientos de la normativa aplicable, en determinados casos, prescindiendo total y
absolutamente del procedimiento establecido (§ 49). No obstante, el órgano interventor no ha
formulado ningún reparo durante el ejercicio objeto de fiscalización, hecho que evidencia el
inadecuado ejercicio del control interno y de la función interventora en los términos establecidos
en los artículos 213 y siguientes del TRLRHL, del artículo 8 y siguientes del RD 424/2017 y artículo
4.1 del RD 128/2018, con las consecuencias establecidas en el artículo 188 del TRLRHL.

58

Además, se incumplen los artículos 220 del TRLRHL y 29 del RD 424/2017 al no haberse realizado
las funciones de control financiero permanente. Como consecuencia de esto, no se ha elaborado
el Plan de Control Financiero, tal como se establece el artículo 31 del RD 424/2017.

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Tampoco se han llevado a cabo los informes preceptivos regulados en el artículo 10.2 de la Ley
25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable
de facturas en el Sector Público.

60

El Ayuntamiento no ha remitido a la Cámara de Cuentas de Andalucía la relación de contratos
correspondiente al ejercicio 2019, por lo que se incumple lo establecido en el artículo 335 de la
LCSP. También se incumple el deber de remitir la certificación negativa en relación con la
formalización de convenios, establecido en el artículo 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP).

61

El Ayuntamiento de Cazorla no tiene el Patrimonio Municipal del Suelo separado del inventario de
bienes, suponiendo un incumplimiento del artículo 70 de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística
de Andalucía.

62

En el portal de transparencia del Ayuntamiento no se encuentra publicada toda la información
requerida por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información
pública y buen gobierno (LTBG) y por la Ley 1/2014 de 24 de junio, de transparencia pública de
Andalucía (LTPA). Ello, a pesar de disponer la Entidad Local de una "Ordenanza Municipal
reguladora de transparencia, acceso a la información y reutilización"23 con objeto de aplicar y
desarrollar la normativa legal sobre acceso a la información pública y buen gobierno.
Aprobada en sesión del Pleno del Ayuntamiento celebrada el día 22 de diciembre de 2015 y publicada en el BOP de Jaén el 22 de
marzo de 2016.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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