3. Otras disposiciones. . (2023/74-40)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, de autorización administrativa previa del proyecto de instalación de generación eléctrica fotovoltaica y su infraestructura de evacuación en el término municipal de Tabernas. (PP. 1246/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

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2. Red interna de media tensión centros de transformación. La Pared 3 (LAT 6900).
- Tensión nominal: 30 kV.
- Num. de circuitos: 4.
- Orígen: En celdas de línea de cada C.T. haciendo E/S según configuración.
- Final: En celdas de línea de subestación elevadora.
- Longitud (km): LMT 1: 1,675.
LMT 2: 0,950.
LMT 3: 0,965.
LMT 4: 0,405.
- Conductores: RHZ1 18/30 kV de sección de 240 mm².
-Instalación: Directamente enterrados.
3. Subestación elevadora (LAT 6854). Infraestructura de evacuación compartida con la
evacuación de las siguientes instalaciones de generación solar fotovoltaica: PERE 1659.
- Ubicación: Parcela 171, del polígono 31, del catastro del t.m. de Tabernas.
- Parque de 132 kV:
- Tipo: Exterior de simple barra.
- Configuración: Una posición de línea-dos posiciones de transformador.
- Transformador:
• Potencia nominal: 2x50 MVA.
• Relación de transformación: 132/30 kV.
• Grupo de conexión: Estrella-Triángulo (YNd11).
• Aislamiento y refrigeración: Aceite.
- Edificio de control-Parque de 30 kV.
• Para cada instalación fotovoltaica.
▪ Configuración: Cuatro celdas de línea, una celda de acometida de transformador y
una celda de servicios auxiliares.
▪ Servicios auxiliares: Transformador de potencia nominal de 160 kVA y relación de
transformación de 30/0,4-0,230 kV.

Segundo. Esta autorización administrativa previa se otorga de acuerdo con lo dispuesto
en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Las obras no podrán iniciarse hasta que la persona titular de la instalación no
obtenga la Autorización Administrativa de Construcción, de acuerdo a lo establecido en el
articulo 53.1b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre.
2. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento
en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la pérdida
de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación. En tales supuestos la
Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la autorización,
con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las
disposiciones legales vigentes.
3. La persona titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales le han
sido trasladados, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular de la
instalación deberá cumplir el condicionado expuesto expuesto en el Informe Vinculante
(expte. AAU/AL/0030/20) de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, medio Ambiente
y Economía Azul en Almería, para la la ejecución del Proyecto Ejecutivo de instalación
solar fotovoltaica denominada «La Pared 3», de 49,987 Mwp y Proyecto de subestación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280209

Presupuesto:
- Central solar F.V. y red interior de M.T. La Pared 3, Subestación elevadora 30/132 kV:
20.803.242,14 €.