Disposiciones generales. . (2023/74-1)
Orden de 4 abril de 2023, por la que se regula la autorización de las sustancias activas de uso fitosanitario en Producción Integrada de Andalucía y se modifican los reglamentos específicos de producción integral.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

página 6996/3

de Productos Fitosanitarios, adscrito a la Dirección General de Sanidad de la Producción
Agraria del Ministerio competente en materia de agricultura, con las condiciones de
utilización autorizadas en el citado registro, a excepción de aquellas sustancias activas
para los cultivos y con las restricciones de uso adicionales que se detallan en el anexo de
la presente orden.
c) Se autoriza la utilización en Producción Integrada de Andalucía de todos los medios
de defensa fitosanitaria inscritos en el Registro de Determinados Medios de Defensa
Fitosanitaria, adscrito a la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del
Ministerio competente en materia de agricultura, con las condiciones de utilización
autorizadas en el citado registro.
Artículo 2. Autorizaciones excepcionales de productos fitosanitarios.
Se autoriza la utilización en Producción Integrada de Andalucía de aquellos productos
fitosanitarios que resulten autorizados excepcionalmente por la Dirección General de
Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio competente en materia de agricultura,
en aplicación de lo dispuesto por el artículo 53 del Reglamento (CE) núm. 1107/2009, de
21 de octubre, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se
derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo.
En todo caso, los productos deberán ser empleados cumpliendo las condiciones de
utilización de las correspondientes resoluciones de autorización excepcional y aquellas
otras que pudieran establecerse por la Dirección General competente en materia de
agricultura de esta Consejería.
Disposición derogatoria única.
Queda derogada la Orden de 19 de junio de 2002, por la que se dictan normas sobre
limitación y aplicación de herbicidas en el cultivo del arroz en la provincia de Sevilla.
Disposición final primera. Actualización de sustancias activas.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General competente en materia de
agricultura para realizar las modificaciones que sean necesarias del anexo de la presente
orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 4 de abril de 2023
CARMEN CRESPO DÍAZ

00282033

Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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