Disposiciones generales. . (2023/74-1)
Orden de 4 abril de 2023, por la que se regula la autorización de las sustancias activas de uso fitosanitario en Producción Integrada de Andalucía y se modifican los reglamentos específicos de producción integral.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Jueves, 20 de abril de 2023

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

La producción integrada es un sistema de producción, manipulación, transformación y/o
elaboración de productos agrarios de carácter voluntario, que potencia el uso eficiente
y racional de los recursos naturales para optimizar la rentabilidad de las explotaciones
agrarias y la protección del medio ambiente. Este sistema de producción regula, entre
otros aspectos, aquellos relacionados con la gestión eficiente del uso del agua, reducción
de la erosión del suelo, uso de fertilizantes y la gestión integrada de plagas.
Actualmente es el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la
producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados, el que
regula la producción integrada en Andalucía. Dicho decreto se encuentra desarrollado
por Orden de 13 de diciembre de 2004, por la que se desarrolla el Decreto 245/2003, de 2
de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos
agrarios y sus transformados.
Esta orden establece, en su artículo 2.1, que los reglamentos específicos que se
elaboren contemplarán las prácticas obligatorias, prohibidas y recomendadas, entre otras
cuestiones. En su artículo 2.2 contempla que la aprobación de los reglamentos específicos
se realizará mediante orden de la persona titular de la Consejería de Agricultura y Pesca,
a propuesta de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, en el ámbito
de sus competencias y previa audiencia de las organizaciones representativas de los
sectores afectados. Finalmente, en el artículo 2.3 se establece que la revisión de los
reglamentos específicos se podrá realizar en cualquier momento, con objeto de recoger
las modificaciones de la normativa aplicable o las innovaciones tecnológicas y, al menos,
cada 5 años. Hasta la fecha, han sido aprobados los reglamentos específicos para los
cultivos de ajo, alfalfa, algodón, almendro, arándanos, arroz, caqui, cereales de invierno,
cítricos, espárrago verde, flor cortada, frambuesa y mora, fresa, frutales de hueso,
frutales de pepita, cultivos hortícolas protegidos, lechuga al aire libre, leguminosas
grano, oleaginosas, olivar, patata, remolacha azucarera para siembra otoñal, tomate para
transformación industrial, vid (uva para vinificación) y zanahoria y chirivía.
A su vez, las diferentes órdenes que aprueban los reglamentos específicos facultan a
la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera para la inclusión o exclusión
de sustancias activas de la estrategia de control integrado de cada uno de ellos.
No obstante lo anterior, la revisión de las sustancias activas que se emplean en la
formulación de productos fitosanitarios que ha llevado a cabo la Directiva 91/414/CE, de
15 de julio, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios en primer lugar, y
los estrictos criterios de corte que ha implementado el Reglamento (CE) núm. 1107/2009
posteriormente; han elevado notablemente los requisitos establecidos para la autorización
de sustancias que forman parte de productos fitosanitarios en la Unión Europea en los
últimos años.
La aplicación de esta regulación ha motivado la desaparición de un elevado número
de sustancias activas permaneciendo actualmente aprobadas solo aquellas que han
demostrado un beneficio claro para la producción vegetal y no cabe esperar que tengan
efectos adversos en la salud humana o animal o efectos inaceptables sobre el medio
ambiente.
Por otra parte, el establecimiento de limitaciones adicionales a las ya establecidas
por la regulación descrita en relación a la autorización de sustancias activas en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Orden de 4 abril de 2023, por la que se regula la autorización de las sustancias
activas de uso fitosanitario en Producción Integrada de Andalucía y se modifican
los reglamentos específicos de producción integral.