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Resolución de 4 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Málaga, por la que se otorga autorización administrativa previa al proyecto de la planta solar fotovoltaica término municipal de Cañete la Real (Málaga). (PP. 1543/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 73 - Miércoles, 19 de abril de 2023

página 6662/3

Octavo. Con fecha 25.1.2023, la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio
Ambiente y Economía Azul en Málaga, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30
del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, emite Informe favorable de carácter vinculante
a la solicitud de Autorización Ambiental Unificada para el proyecto de la planta solar
fotovoltaica denominada «PSF Ronda 3» y su línea de evacuación de 30 kV, en el término
municipal de Cañete la Real.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución
de acuerdo con lo dispuesto en los Reales Decretos 1091/81, de 24 de abril, y 4164/1982,
de 29 de diciembre, por los que se traspasan funciones y servicios de la Administración
del Estado a la Junta de Andalucía en materia de industria, energía y minas; en los
artículos 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del
Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por
el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías; el Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía y
el Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29
de diciembre.
Segundo. Esta Delegación es competente para autorizar dicha instalación de acuerdo
con lo previsto en la Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de
Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos
territoriales provinciales en materia de energía, según lo dispuesto en la Disposición
Transitoria Segunda del Decreto 163/2022, de 9 de agosto.
Tercero. El artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico,
establece que para la puesta en funcionamiento de las instalaciones de producción es
necesaria una autorización administrativa previa que otorga a la empresa autorizada el
derecho a realizar una instalación concreta en determinadas condiciones.

Quinto. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrán la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de
autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e
interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este
caso esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y Política
Industrial y Energía en Málaga, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información
pública y de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del
informe emitido por el órgano ambiental.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. El Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica establece el
procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones administrativas para la construcción,
modificación, explotación, transmisión y cierre de instalaciones de producción, transporte
y distribución de energía eléctrica.