5. Anuncios. . (2023/73-37)
Anuncio del 14 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se da publicidad sobre el pago de Expedientes de Expropiación Forzosa que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 73 - Miércoles, 19 de abril de 2023

página 6949/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio del 14 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se da publicidad
sobre el pago de Expedientes de Expropiación Forzosa que se cita.
PAGO DE EXPEDIENTE DE EXPROPIACIÓN
Aprobado el expediente de expropiación de los terrenos necesarios para la ejecución de
las obras de Proyecto: Variante Costera de Mojácar. Tramo: Carretera A-1203-Paraje de
las Marinas. Mojácar (Almería), Clave: 3-AL-1980-0.0-0.0.PC, y una vez hecho efectivo
el libramiento para el pago del percibo del importe del Depósito Previo, Remesa núm. 1,
esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares de derechos en los
expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, cohonestado con el artículo 48 de la Ley de 16 de
diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa, modificado por disposición adicional 10 de
la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre.

A) Para pago mediante talón nominativo en el Ayuntamiento de Mojácar.
1. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o Pasaporte y adjuntar Fotocopia del mismo).
Cuando fueren varios titulares, deberán comparecer todos ellos, de no hacerlo deberán
presentar la documentación indicada en el punto segundo (2.-).
2. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite
la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o
Poder «Apud Acta», otorgado ante Secretaria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria
General Provincial de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda en Almería. Y también deberán aportar fotocopia de dicho Poder, así como
fotocopia del DNI del representante.
3. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia de la Escritura
de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento,
inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
4. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en
su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del
Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.
5. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberán aportar
autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281982

Para el percibo de las cantidades que le corresponden, esta Delegación Territorial
procede a dar publicidad a los titulares de derecho de expedientes de expropiación arriba
indicado, señalando día y horas en el Anexo I adjunto y al amparo del artículo 48.2 de
la Ley de 16 de diciembre de 1954, modificado por disposición adicional 10 de la Ley
número 21/1986, de 23 de diciembre, y del artículo 52 y siguientes del Decreto 197/2021,
de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de
la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión recaudatoria, se deberá de
presentar la documentación que se detalla a continuación: