3. Otras disposiciones. . (2023/72-35)
Resolución de 12 de abril de 2023, por la que se modifica la Resolución de 11 de abril de 2023, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la que se garantiza el mantenimiento del servicio público que presta el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia adscrito a la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Publica en los órganos judiciales, fiscalías e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con motivo de la huelga convocada a partir del día 17 de abril de 2023, mediante el establecimiento de servicios esenciales mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 72 - Martes, 18 de abril de 2023

página 6869/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA

El artículo 496.d) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada
por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, establece que el ejercicio del derecho
de huelga por parte del personal al servicio de la Administración de Justicia se ajustará
a lo establecido en la legislación general del Estado para funcionarios públicos, aunque
estará, en todo caso, sujeto a las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de
los servicios esenciales de la Administración de Justicia.
Las organizaciones sindicales Confederación Sindical Independiente y de
Funcionarios (CSI-F), Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (STAJ),
Comisiones Obreras (CC.OO.) y Unión General de Trabajadores de Andalucía (UGT),
han convocado una huelga general que afectará a todas las actividades desempeñadas
por el personal funcionario del Cuerpo Especial de Médicos Forenses y de los Cuerpos
Generales al servicio de la Administración de Justicia, dentro del ámbito geográfico
y jurídico del Estado español, y que comenzará el día 17 de abril de 2023, con paros
parciales todos los días, entre 10 y 13 horas, y exceptuando el día 19 de abril. El 19
de abril de 2023 la huelga se iniciará a partir de las 00:00 horas hasta las 23:59 del
mismo día. Asimismo, el Sindicato Profesional de Justicia de la Unión Sindical Obrera
(SPJ-USO) ha convocado igualmente una huelga en el mismo ámbito geográfico y laboral
con paros parciales diarios indefinidos, entre 10 y 13 horas, salvo el día 19 de abril de
2023 en el que la convocatoria de huelga será durante toda la jornada laboral.
La Constitución en su artículo 28.2 reconoce el derecho a la huelga de los
trabajadores y trabajadoras para la defensa de sus intereses, resultando incuestionable
que también el cuerpo de funcionarios públicos está legitimado para ejercer aquel
derecho. No obstante, el mencionado artículo 28 de la Constitución es muy claro en el
sentido de que la Ley ha de establecer las garantías precisas para asegurar en caso de
huelga el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad, los cuales, como
ha señalado el Tribunal Constitucional, son prioritarios respecto del derecho de huelga,
hacen referencia y conectan con los derechos fundamentales, las libertades públicas y los
bienes constitucionalmente protegidos y en su establecimiento debe existir y primar una
«razonable proporción» entre los sacrificios que se impongan a las personas huelguistas
y los que padezcan las personas usuarias de aquellos (STC 43/1990 por todas).
En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de
la Constitución Española; Real Decreto-Ley 17/1977, de 4 de marzo; Sentencias del
Tribunal Constitucional de 8 de abril de 1981 y de 15 de marzo de 1999, en uso de las
facultades que me confieren las disposiciones vigentes, en el ámbito de las competencias
de esta Comunidad Autónoma que se limitan al establecimiento de los servicios
mínimos, convocadas todas las organizaciones promotoras y previa negociación con
las personas representantes del Comité de Huelga, formado por la Confederación
Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F), el Sindicato de Trabajadores de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281910

Resolución de 12 de abril de 2023, por la que se modifica la Resolución de
11 de abril de 2023, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, por la
que se garantiza el mantenimiento del servicio público que presta el personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia adscrito a la Consejería
de Justicia, Administración Local y Función Publica en los órganos judiciales,
fiscalías e Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el ámbito de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, con motivo de la huelga convocada
a partir del día 17 de abril de 2023, mediante el establecimiento de servicios
esenciales mínimos.