3. Otras disposiciones. . (2023/71-28)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, en aplicación de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición de personal laboral fijo en la categoría profesional laboral de Oficial Segunda Oficios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Lunes, 17 de abril de 2023
página 6847/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se modifica la Relación de Puestos de
Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, en aplicación
de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición
de personal laboral fijo en la categoría profesional laboral de Oficial Segunda
Oficios.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.1.p).1.º del Decreto
164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Justicia, Administración Local y Función Pública,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281885
Mediante la Resolución de 11 de diciembre de 2020, de la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública, se convoca proceso selectivo para el acceso a la
condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos III, IV y V,
correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2018 y 2019 (libre/ordinarias) y 2017 y
2019 (estabilización).
Entre dichos procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral
fijo se incluyeron 5 plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público 2018/2019 (libre/
ordinarias) y 117 plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de estabilización del
empleo temporal 2017/2019 correspondientes a la categoría profesional laboral de Oficial
Segunda Oficios del Grupo IV de clasificación profesional.
Sin embargo, en la vigente relación de puestos de trabajo de la Administración
General de la Junta de Andalucía, los puestos de trabajo código 1475210 Oficial Segunda
Oficios y 1555910 Oficial Segunda Carpintería, puestos de acceso, con modo de
provisión por concurso y por selección (PC,S), a esa categoría profesional laboral de
Oficial Segunda de Oficios contienen, como requisito para su desempeño, una formación
específica, que no se corresponde con los requisitos exigidos, en la base segunda, a
las personas aspirantes en el proceso selectivo convocado, que, en el caso de esta
categoría profesional laboral solo exige, según se especifica en el Anexo III, una titulación
académica de Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional de Grado
Medio o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de
trabajo por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones
análogas a las establecidas en el VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones
descritas en las categorías que integran este Grupo IV.
El artículo 12.1.p).1.º del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
atribuye a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública la competencia
para la modificación de la relación de puestos de trabajo como consecuencia de la
aplicación de la Oferta de Empleo Público previamente aprobada, mediante la creación
de puestos o modificación de las características de los ya existentes, sin que en ningún
caso suponga incremento de coste de la plantilla presupuestaria.
Por lo tanto, procede modificar las características de los referidos puesto de trabajo,
mediante la supresión del requisito de una formación específica, para su adecuación
a los requisitos exigidos a las personas aspirantes para su participación en el proceso
selectivo convocado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Lunes, 17 de abril de 2023
página 6847/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Recursos
Humanos y Función Pública, por la que se modifica la Relación de Puestos de
Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, en aplicación
de las Ofertas de Empleo Público aprobadas para el acceso a la condición
de personal laboral fijo en la categoría profesional laboral de Oficial Segunda
Oficios.
Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 12.1.p).1.º del Decreto
164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Justicia, Administración Local y Función Pública,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281885
Mediante la Resolución de 11 de diciembre de 2020, de la Dirección General de
Recursos Humanos y Función Pública, se convoca proceso selectivo para el acceso a la
condición de personal laboral fijo en las categorías profesionales de los Grupos III, IV y V,
correspondiente a las Ofertas de Empleo Público 2018 y 2019 (libre/ordinarias) y 2017 y
2019 (estabilización).
Entre dichos procesos selectivos para el acceso a la condición de personal laboral
fijo se incluyeron 5 plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público 2018/2019 (libre/
ordinarias) y 117 plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de estabilización del
empleo temporal 2017/2019 correspondientes a la categoría profesional laboral de Oficial
Segunda Oficios del Grupo IV de clasificación profesional.
Sin embargo, en la vigente relación de puestos de trabajo de la Administración
General de la Junta de Andalucía, los puestos de trabajo código 1475210 Oficial Segunda
Oficios y 1555910 Oficial Segunda Carpintería, puestos de acceso, con modo de
provisión por concurso y por selección (PC,S), a esa categoría profesional laboral de
Oficial Segunda de Oficios contienen, como requisito para su desempeño, una formación
específica, que no se corresponde con los requisitos exigidos, en la base segunda, a
las personas aspirantes en el proceso selectivo convocado, que, en el caso de esta
categoría profesional laboral solo exige, según se especifica en el Anexo III, una titulación
académica de Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional de Grado
Medio o formación laboral equivalente, o prestación de servicios mediante contratos de
trabajo por un período mínimo de tres meses en una categoría profesional con funciones
análogas a las establecidas en el VI Convenio Colectivo, para ejercer las funciones
descritas en las categorías que integran este Grupo IV.
El artículo 12.1.p).1.º del Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
atribuye a la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública la competencia
para la modificación de la relación de puestos de trabajo como consecuencia de la
aplicación de la Oferta de Empleo Público previamente aprobada, mediante la creación
de puestos o modificación de las características de los ya existentes, sin que en ningún
caso suponga incremento de coste de la plantilla presupuestaria.
Por lo tanto, procede modificar las características de los referidos puesto de trabajo,
mediante la supresión del requisito de una formación específica, para su adecuación
a los requisitos exigidos a las personas aspirantes para su participación en el proceso
selectivo convocado.