Autoridades y personal. . (2023/70-15)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud, mediante contrato laboral de duración determinada a tiempo parcial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 70 - Viernes, 14 de abril de 2023

página 6754/2

2. Requisitos de las personas aspirantes.
Para ser admitidas en el presente concurso público, las personas aspirantes deberán
reunir los siguientes requisitos:
2.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea. Asimismo, lo anterior será de aplicación al cónyuge de los españoles y de
los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén
separados de derecho, así como a sus descendientes y a los de su cónyuge, siempre
que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha
edad dependientes. Igualmente se entenderá a las personas incluidas en el ámbito de
aplicación de los Tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y
ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto Básico del Empleado Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281792

Acuerdo de 4 de marzo de 2008, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por
el que se autoriza la modificación del Convenio-Marco suscrito entre las Consejerías de
Salud y las Universidades Andaluzas para la utilización de las Instituciones Sanitarias en
la Investigación y la Docencia; Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades
del personal al servicio de las Administraciones Públicas; los Estatutos de la Universidad
de Cádiz, el Reglamento de Contratación de Profesorado de la Universidad de Cádiz, el
Reglamento UCA/CG05/2016 de 21 de junio por el que se establecen los procedimientos
para la contratación de Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud en la Universidad
de Cádiz y el Estatuto de los Trabajadores, aprobados Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre, en lo no previsto por la mencionada Ley Orgánica de Universidades, con
exclusión del régimen de dedicación, que será según determine cada contrato laboral que
se concierte y los preceptos relativos a la calificación administrativa de los contratos, así
como de aquellos otros que se opongan o resulte incompatible con las determinaciones
de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.
1.3. El procedimiento de selección de solicitantes será el de concurso público,
consistente en una primera autobaremación por parte de las personas aspirantes,
seguida de una propuesta de baremación de sus méritos por parte del correspondiente
Departamento, para finalizar con una última baremación de carácter definitivo de
la Comisión de Contratación de la Universidad, siendo el baremo el establecido en
el Reglamento por el que se establecen los procedimientos para la contratación de
Profesorado Asociado de Ciencias de la Salud de la Universidad de Cádiz y que se
acompaña a esta solicitud como Anexo IV.
1.4. La puntuación mínima para la obtención de cada una de las plazas será de 10
puntos.
1.5. La Comisión de Contratación sólo valorará los méritos alegados y acreditados
documentalmente.
1.6. Las solicitudes que alcancen la puntuación mínima de la plaza pasarán a formar
parte de un listado de suplentes ante la posible eventualidad de una vacante de la plaza
por cualquier causa, por un plazo máximo de dos años.
1.7. La persona propuesta para ocupar la plaza deberá realizar las funciones asignadas
en la normativa y acuerdos vigentes, respetar el calendario y horario establecido por el
Centro y las actividades docentes asignadas por el Departamento.
1.8. La persona seleccionada deberá presentar la documentación necesaria para
solicitar la compatibilidad en el momento de la firma del contrato.
1.9. Salvo en los supuestos previstos en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la
interposición de un recurso no suspende la ejecución de la resolución de la Comisión de
Contratación, pudiéndose suscribir el correspondiente contrato a la persona propuesta
por la misma. Este contrato tendrá validez provisional en tanto no adquiera firmeza la
resolución de la Comisión de Contratación.