3. Otras disposiciones. . (2023/67-41)
Resolución de 3 de abril de 2023, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Córdoba, por la que se prorrogan las autorizaciones para el empleo del fuego en terrenos forestales y de influencia forestal.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 11 de abril de 2023

página 6431/2

en días en los que el viento sople, en cualquier dirección, con fuerza grado 3 –flojo–
según la escala de Beaufort y cuyos efectos apreciables son hojas y ramas en continuo
movimiento.
e) De interrumpirse la quema o de no poder realizarse por las circunstancias descritas
en el apartado anterior, ésta se reanudará o iniciará el primer día en que dejen de
concurrir dichas circunstancias, teniendo en cuenta lo previsto en la letra a).
En el caso de cultivos herbáceos se observarán además las siguientes condiciones:
f) Las quemas se fraccionarán en lotes de una superficie máxima de 10 hectáreas,
estableciéndose un cortafuegos perimetral para cada lote de al menos 10 metros de
anchura.
g) La vigilancia contará, al menos, con una persona por cada 10 hectáreas o fracción
a quemar.
e) Deberá disponerse de un tractor provisto de grada y de una dotación mínima de
agua de 250 litros por cada 10 hectáreas o fracción a quemar, que permita sofocar la
quema con seguridad en cualquier momento.
3. En toda quema deberá procederse a la exhibición de la autorización correspondiente,
a requerimiento de los agentes encargados de la vigilancia del cumplimiento de las
normas medioambientales. Cuando lo aconsejen las circunstancias sobrevenidas o no
se acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas, los agentes de la autoridad o
funcionarios que tengan reconocida dicha condición y estuvieran presentes en el acto de
la quema podrán ordenar su interrupción.
4. La presente prórroga de autorización no supone un reconocimiento de titularidad y
se otorga sin perjuicio de terceros.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de
Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul de la Junta de Andalucía, en virtud de lo
establecido en el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración
de consejerías, en el Decreto 162/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul,
así como lo dispuesto en el artículo 21 de la Orden de 15 de noviembre de 2022, por la
que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de dicha Consejería.

00281467

Córdoba, 3 de abril de 2023.- El Delegado, Rafael Martínez Ruedas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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