5. Anuncios. . (2023/67-56)
Anuncio de 22 de marzo de 2023, de la Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Córdoba, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto que se cita, en el término municipal de Guadalcázar. (PP. 1376/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 11 de abril de 2023

página 5652/2

Alegaciones.
Durante el periodo de información pública se produjeron alegaciones al proyecto, de la
Planta Solar Fotovoltaica «Silverio 1» y su Infraestructura de Evacuación, presentadas por:
D.ª M.ª Carmen Herzog Escobar (18/10/2021).
D.ª M.ª Estela Monsalves Ostos (18/10/2021).
D. Juan A. Muñoz Jiménez (18/10/2021).
D.ª Miryam Pérez Lara. Plataforma Ecologista para la Conservación de Aves
Esteparias (26/09/2021)
D. Francisco Ordóñez Luque. Federación Córdoba Provincia de Ecologistas en
Acción (24/09/2021).
D. Juan Muñoz Herzog (28/09/2021).

Tercero. Consultas.
Consultas a efectos sustantivos y ambientales, a administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados por la instalación
para aportación de la conformidad u oposición al proyecto, de acuerdo a lo indicado en
el artículo 127 del Real Decreto 1995/2000, de 1 de diciembre y artículo 20 del Decreto
356/2010, de 3 de agosto, Reglamento de Autorización Ambiental Unificada
La relación de organismos e instituciones a los que este órgano sustantivo consultó,
con fecha 24 de septiembre de 2021, es la siguiente:
- Ayuntamiento de Almodóvar del Río.
- Ayuntamiento de Guadalcázar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280707

Estas alegaciones fueron comunicadas y puestas a disposición del órgano ambiental,
el 4 de noviembre de 2021, mediante su traslado a la carpeta común de tramitación entre
el órgano sustantivo y el ambiental.
El 13 de octubre de 2021, se recibieron también las alegaciones de don Francisco
Herzog Macías, que son coincidentes, de manera literal, con otras que se remitieron al
órgano ambiental el 4 de noviembre de 2021.
Todas las alegaciones indicadas previamente, fueron trasladados al titular del
proyecto, Silver Ric Energy, S.L., el 24 de noviembre de 2021. El titular presentó respuesta
a las alegaciones el 20 de diciembre de 2021. Esta contestación de Silver Ric Energy,
S.L., a las alegaciones, se comunicó al órgano ambiental, y fue trasladada a la plataforma
común de tramitación el 4 de abril de 2022.
Las alegaciones, son fundamentalmente de carácter ambiental, pero hay una que
podría afectar a las competencias de esta Delegación Territorial, por lo que es valorada
en el informe que presenta el Departamento de Energía y dicha valoración reproducida
en la presente Resolución. La alegación mencionada hace referencia a los requisitos
precisos para el procedimiento de Declaración en Concreto de Utilidad Pública
aplicado a las instalaciones de generación eléctrica, en particular sobre la necesidad
de Informe sobre la idoneidad necesidad y proporcionalidad de la ocupación, (Recurso
de Casación 512/2007).
Al respecto, cabe indicar que la presente resolución no tiene como fin la Declaración en
Concreto de la Utilidad Pública, El procedimiento de Declaración en Concreto de Utilidad
Pública, se llevará a cabo de forma independiente, de acuerdo a lo indicado en el artículo
140 y siguientes del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica, incluyendo un periodo de información
pública de la solicitud y realización de consultas a administraciones, organismos y
empresas de servicio público o de servicios de interés general. Será por tanto, dentro
de ese procedimiento de Declaración en Concreto de Utilidad Pública, donde se habrá
de valorar, de acuerdo a lo indicado en el Recurso de Casación 512/2007, la idoneidad,
necesidad y proporcionalidad de la actuación en relación a la potestad expropiatoria.