3. Otras disposiciones. . (2023/66-19)
Resolución de 9 de marzo de 2023, la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Jaén, por la que se concede Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y la Declaración, en concreto, de Utilidad Pública del Proyecto que se cita. (PP. 1146/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 10 de abril de 2023

página 4632/5

Tercero. Estas autorizaciones se otorgan de acuerdo con lo dispuesto en el
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica y con lo establecido en el Decreto 356/2010, de 3 de
agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, se establece el régimen
de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas
a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos
volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, debiendo cumplir las condiciones que en el mismo se
establece y las especiales siguientes:
1.ª En base al artículo 131.10 del Real Decreto 1955/2000, la ejecución de la
Instalación se realizará en el plazo máximo de 24 meses.
2.ª La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las
obras a esta Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la
correspondiente autorización de explotación.
3.ª El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, en su caso, el
cumplimiento de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido
trasladados al titular y aceptados por el mismo. En particular, el titular de la instalación
deberá cumplir el condicionado impuesto en la resolución que otorga la Autorización
Ambiental Unificada de la Delegación Territorial en Jaén de la Consejería de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul relativo a la solicitud de Autorización Ambiental
Unificada presentada por Real Energy Power, S.L., para el proyecto de «Plantas Solares
Fotovoltaicas Olivares I y II, Subestación Eléctrica Transformadora y Línea Aérea de Alta
Tensión», en los términos municipales de Arjona, Torredelcampo, Lahiguera, Andújar y
Fuerte del Rey de Jaén (Expediente AAU/JA/063/2020) de fecha 22.10.2022. Así mismo,
el titular deberá cumplir lo establecido en la Autorización de obras de Construcción de
Planta Solar Fotovoltaica «FV Olivares II» y Línea de Evacuación Subterránea emitida
por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir con fecha 7.11.2022, y su posterior
resolución de rectificación de errores de 30.1.2023, debiendo cumplir las condiciones
particulares, específicas y generales que se indican en dichas autorizaciones.
4.ª La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento
en que se constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma. En tal
supuesto la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la revocación de la
autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven
según las disposiciones legales vigentes.

La presente resolución se publicará, junto con la R.B.D.A. que se acompaña como
anexo, en el BOJA, en el BOE y en el BOP de Jaén, y se notificará en la forma prevista en
los artículos 128 y 148 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, y en el art. 40 y siguientes
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, con la advertencia de que la misma no agota la vía administrativa
y que contra ella cabe interponer recurso de alzada, directamente o por conducto de esta
Delegación Territorial, ante la Consejería de Política Industrial y Energía en el plazo de
un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los
artículos 121 y 122 de la referida ley.
Jaén, 9 de marzo de 2023.- El Delegado, Javier Calvente Gallego.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00279706

Cuarto. Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta
Delegación Territorial y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones,
permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos
y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes
habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.