3. Otras disposiciones. . (2023/66-29)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Jóvenes del Metaverso.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 66 - Lunes, 10 de abril de 2023

página 6376/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Justicia
Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de
Andalucía la Fundación Jóvenes del Metaverso.
Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución
en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Jóvenes del Metaverso
sobre la base de los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Constitución de la fundación.
La Fundación Jóvenes del Metaverso fue constituida en escritura de fecha 1.7.2022,
otorgada ante don Luis María Carreño Montejo, notario del Ilustre Colegio de Andalucía,
registrada con el número 3.504 de su protocolo.
Segundo. Fines.
Los fines de la fundación de acuerdo con lo dispuesto en sus estatutos, son los
siguientes:
«La asistencia e inserción social, cooperación para el desarrollo, promoción del
deporte y promoción del voluntariado, asistencia formativa y educativa, entendiéndose
educación tanto enseñanza reglada como no reglada; el cuidado de la naturaleza, el
fomento de la investigación científica, la formación de los jóvenes, el fomento y desarrollo
de obras sociales, benéficas, asistenciales, docentes y/o culturales. Dentro de estos
amplios fines, se encuentran, entre otros la promoción del deporte como herramienta
de integración social para personas en riesgo de exclusión social, con especial atención
a los más jóvenes la promoción, directamente, o a través de terceros, de proyectos de
investigación para la mejora del deporte en general y el apoyo a jóvenes deportistas,
tanto para mejorar su rendimiento deportivo como para compatibilizar la práctica
deportiva de alto rendimiento con su formación en general. Asimismo, será finalidad de la
fundación promover, estimular, potenciar y coadyuvar al talento deportivo, en ocasiones
acompañado de formación escolar universitaria, ofreciendo un apoyo integral al deportista
de diferentes disciplinas deportivas, facilitándoles todo aquello que pudiera mejorar sus
resultados futuros a nivel deportivo, educativo y personal.».
Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.
El domicilio de la fundación ha quedado establecido en C/ San Rafael, 32 A, Edificio
Juan Pablo II, oficina 2, 29640–Fuengirola (Málaga), y el ámbito de actuación, conforme
dispone la norma estatutaria, se extiende principalmente al territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Cuarto. Dotación.
La dotación inicial de la fundación es de treinta mil euros (30.000,00 euros), que será
desembolsada de forma sucesiva.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

00281409

Quinto. Patronato.
Presidente: Don Enrique Portales León.
Vicepresidente: Don Álvaro Zulategui Oderiz.
Secretario tesorero: Don José Luis González Porras.
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