3. Otras disposiciones. . (2023/66-22)
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Vera (Almería).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 66 - Lunes, 10 de abril de 2023

página 6361/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 30 de marzo de 2023, de la Dirección General de Comercio, por
la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a
efectos de horarios comerciales, en el municipio de Vera (Almería).
En virtud de lo establecido en el artículo 10 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que
se regulan los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia
turística, a efectos de horarios comerciales, se inserta a continuación la Resolución de
28 marzo de 2023, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que
se declara una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el
municipio de Vera (Almería).
Sevilla, 30 de marzo de 2023.- La Directora General, Cecilia Ortiz Carrasco.
RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE EMPRESA Y TRABAJO
AUTÓNOMO, POR LA QUE SE DECLARA UNA ZONA DE GRAN AFLUENCIA
TURÍSTICA, A EFECTOS DE HORARIOS COMERCIALES, EN EL MUNICIPIO DE
VERA (ALMERÍA).
Vista la solicitud del Ayuntamiento de Vera (Almería), para la declaración en este
municipio de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales,
resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO

«1. Presentar una concentración suficiente, cuantitativa o cualitativamente, de
plazas en alojamientos y establecimientos turísticos o bien en el número de segundas
residencias, respecto a las que constituyen residencia habitual, cuando se produzca
alguna de las siguientes circunstancias:
a) Cuando, en los municipios de hasta 100.000 habitantes, el número de
pernoctaciones diarias en media anual (pernoctaciones/365) en los establecimientos
de alojamiento turístico reglados, de acuerdo con los datos oficiales elaborados por la
Consejería competente en materia de turismo, sea superior al 5% de vecinos y vecinas
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281398

Primero. Con fecha 2 de diciembre de 2022, ha tenido entrada en el registro de la
Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería, la solicitud
del Ayuntamiento de Vera para la declaración en este municipio de una zona de gran
afluencia turística, a efectos de horarios comerciales (en adelante ZGAT), conforme al
Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para
la declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales,
con las siguientes características:
• Ámbito territorial: Término municipal completo.
• Períodos:
- Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección, ambos
incluidos.
- Período estival, desde el 1 de junio al 30 de septiembre.
- Período Navideño, desde el 1 de diciembre al 8 de enero.
• Vigencia: Indefinida.
• Criterios del artículo 2 del Decreto 2/2014, de 14 enero, por el que se solicita la
declaración: