3. Otras disposiciones. . (2023/66-18)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa de la instalación eléctrica de referencia. (PP. 1098/2023).
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 10 de abril de 2023

página 4431/4

Presupuesto: 4.191.100,10 €
Finalidad: Producción de energía de origen eólico.
Segundo. De acuerdo con lo establecido en el artículo 32 del Decreto 356/2010, de
3 de agosto, las determinaciones y condiciones establecidas en el informe vinculante
emitido por el órgano ambiental (Autorización Ambiental Unificada núm. expte: AAU/
GR/042/20) de fecha 23.2.2023, quedan incorporadas a esta Resolución por la que
se otorga la autorización administrativa previa de la instalación eléctrica denominada
Proyecto de parque eólico Mizán de 5 MW en los términos municipales de El Pinar, Los
Guájares, El Valle, Albuñuelas y Villamena (Granada). El citado informe podrá consultarse
de forma pública en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul, en el siguiente enlace:
http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
Tercero. El promotor de la actuación deberá solicitar en el plazo de tres meses,
desde la fecha de otorgamiento de la presente resolución, la aprobación del proyecto
de ejecución, presentando un proyecto constructivo adaptado a las determinaciones del
informe vinculante emitido por el órgano ambiental de fecha 23.2.2023 y núm. expediente
AAU/GR/042/20, y resto de documentación reglamentaria. Si transcurrido dicho plazo
no se ha solicitado la aprobación del proyecto de ejecución se producirá la caducidad de
la presente resolución, previa instrucción del correspondiente expediente. El peticionario
podrá solicitar, por razones justificadas, prórrogas del plazo establecido.
Cuarto. A tenor de lo prescrito en el artículo 53.6 de la Ley 24/2013 esta autorización
se concede sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias de
acuerdo con otras disposiciones que resulten aplicables y en especial las relativas a
ordenación del territorio y al medio ambiente.
Quinto. Esta resolución se notificará al peticionario, publicándose además en el BOP
de Granada y BOJA.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, ante la Ilma. Sra. Viceconsejera de Política Industrial y Energía, en el
plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de este acto, de
conformidad con lo establecido en los artículos 40, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en
el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.

00279510

Granada, 27 de febrero de 2023.- El Secretario General de Energía, P.D. (Res. de
11.3.2022, BOJA núm. 52), el Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja