3. Otras disposiciones. . (2023/66-20)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se autoriza el cambio de domicilio de la escuela infantil «Antaviana» de Almedinilla (Córdoba), así como la nueva denominación específica de «La Alfombra Mágica» para la misma. (PP. 1477/2023).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 10 de abril de 2023

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se autoriza el cambio de domicilio
de la escuela infantil «Antaviana» de Almedinilla (Córdoba), así como la nueva
denominación específica de «La Alfombra Mágica» para la misma. (PP.
1477/2023).
El artículo 8.3 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los centros
que imparten el primer ciclo de la educación infantil, establece que los centros educativos
que imparten dicho ciclo deberán tener una denominación específica que los singularice.
La escuela infantil «Antaviana», código 14011080, ubicada en C/ Ruedo, 3 y 5, de
Almedinilla (Córdoba), cuya titularidad ostenta el Excmo. Ayuntamiento de Almedinilla,
cuenta con autorización para 2 unidades con 30 puestos escolares de primer ciclo de
educación infantil.
Visto el expediente promovido por el mencionado Ayuntamiento en solicitud de
cambio de domicilio, por traslado a unas nuevas instalaciones en la misma localidad, y
de la denominación específica de la referida escuela infantil, a propuesta de la Dirección
General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada y en virtud de lo establecido
en el citado artículo 8.3 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo,
DISPONGO
Primero. Autorizar el cambio de domicilio de la escuela infantil «Antaviana», código
14011080, por traslado de la misma a unas nuevas instalaciones en C/ Miguel de Cervantes,
s/n, de Almedinilla (Córdoba), quedando con la misma capacidad autorizada, en cuanto al
número de unidades y puestos escolares de primer ciclo de educación infantil.
Segundo. Autorizar el cambio de denominación específica de la escuela infantil
«Antaviana», que pasa a denominarse «La Alfombra Mágica».
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros
Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de Centros Docentes.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta
de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de
Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Sevilla, 28 de marzo de 2023