Autoridades y personal. . (2023/65-19)
Resolución de 31 de marzo de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso público para cubrir plazas de Profesor Contratado Doctor destinadas a la incorporación de personal investigador de programas de excelencia y que hayan obtenido el Certificado I3.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 65 - Miércoles, 5 de abril de 2023
página 6321/4
0049 2420 38 2014628248 a nombre de la Universidad de Córdoba, haciendo constar
«Convocatoria Profesor Contratado Doctor» y plaza a la que se opta.
En ningún caso, la realización del ingreso de los derechos de participación supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Asimismo, la falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
solicitudes no será subsanable y determinará la exclusión de los aspirantes.
Estarán exentas de pago de los derechos de participación:
1. Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la
solicitud certificado que acredite tal condición.
2. L
as personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al
Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo
anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en
ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.
3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
4. Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la
tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50
por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa
se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
Procederá la devolución de los derechos de participación a los aspirantes que
hayan sido definitivamente excluidos de estas pruebas por causas no imputables a
los mismos. A tal efecto, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado en
la que consten sus datos personales, el motivo por el cual solicita la devolución y
código de cuenta bancaria en la que desea se haya efectivo dicho reintegro.
Las solicitudes, dirigidas al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba,
deberán presentarse a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Córdoba,
mediante el procedimiento habilitado para este fin, al que se puede acceder en el
siguiente enlace: https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=111. Dicho
procedimiento generará la Instancia-Currículum a partir de los datos introducidos
en la aplicación (https://merito.gestion.uco.es). Una vez firmada dicha instancia, no
se podrá realizar ninguna modificación para esa solicitud a través de la aplicación.
La incorporación de méritos adicionales se podrá realizar retomando el expediente
a través de la sede Electrónica y accediendo al apartado de «Mis Solicitudes».
5.3. El plazo para presentar solicitudes será de diez días hábiles a partir del siguiente
al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas
serán vinculantes para los peticionarios.
El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de
notificaciones, de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo establecido
en el resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en los medios
citados sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo responsabilidad
exclusiva del concursante todos los errores en la consignación del mismo, así como la
comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio posterior a la solicitud.
5.4. Documentación a presentar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281357
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 6321/4
0049 2420 38 2014628248 a nombre de la Universidad de Córdoba, haciendo constar
«Convocatoria Profesor Contratado Doctor» y plaza a la que se opta.
En ningún caso, la realización del ingreso de los derechos de participación supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Asimismo, la falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
solicitudes no será subsanable y determinará la exclusión de los aspirantes.
Estarán exentas de pago de los derechos de participación:
1. Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la
solicitud certificado que acredite tal condición.
2. L
as personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al
menos, de un mes anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no
hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar,
salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión
profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores en cómputo mensual al
Salario Mínimo Interprofesional.
La certificación relativa a la condición de demandante de empleo citada en el párrafo
anterior se solicitará en las correspondientes Oficinas de Empleo, debiendo figurar en
ella todos y cada uno de los requisitos citados en dicho párrafo.
En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará con una declaración jurada o
promesa escrita del solicitante.
Ambos documentos, certificación y declaración, deberán acompañar a la solicitud.
3. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos.
4. Las familias numerosas, que tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la
tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50
por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa
se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
Procederá la devolución de los derechos de participación a los aspirantes que
hayan sido definitivamente excluidos de estas pruebas por causas no imputables a
los mismos. A tal efecto, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado en
la que consten sus datos personales, el motivo por el cual solicita la devolución y
código de cuenta bancaria en la que desea se haya efectivo dicho reintegro.
Las solicitudes, dirigidas al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba,
deberán presentarse a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Córdoba,
mediante el procedimiento habilitado para este fin, al que se puede acceder en el
siguiente enlace: https://sede.uco.es/GOnceOV/tramites/acceso.do?id=111. Dicho
procedimiento generará la Instancia-Currículum a partir de los datos introducidos
en la aplicación (https://merito.gestion.uco.es). Una vez firmada dicha instancia, no
se podrá realizar ninguna modificación para esa solicitud a través de la aplicación.
La incorporación de méritos adicionales se podrá realizar retomando el expediente
a través de la sede Electrónica y accediendo al apartado de «Mis Solicitudes».
5.3. El plazo para presentar solicitudes será de diez días hábiles a partir del siguiente
al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias, las solicitudes formuladas
serán vinculantes para los peticionarios.
El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de
notificaciones, de contestaciones a recursos y reclamaciones, excepto en lo establecido
en el resto de las bases de la presente convocatoria, donde la publicación en los medios
citados sustituirá a la notificación en el domicilio referido, siendo responsabilidad
exclusiva del concursante todos los errores en la consignación del mismo, así como la
comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio posterior a la solicitud.
5.4. Documentación a presentar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00281357
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía