Autoridades y personal. . (2023/63-37)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas de ingreso, por el sistema de acceso libre, en el Cuerpo de Ingeniería Técnica de la Junta de Andalucía, opción Obras Públicas, correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2019, 2020 y 2021.
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Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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habrá de realizarse de manera exclusivamente electrónica, conforme a lo dispuesto en el
apartado 1, artículo único, del Decreto-ley 27/2020, de 22 de octubre, de acuerdo con el
modelo que se publica como Anexo II de la presente resolución, debidamente firmado y
cumplimentado.
2. La presentación electrónica se realizará en el Registro Electrónico Único de la Junta
de Andalucía, al que se accederá desde la Web de Emplead@, a través de la dirección
https://ws045.juntadeandalucia.es/empleadopublico/
y conforme al procedimiento que se detalla en el manual explicativo que figura en la
indicada página, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados siguientes sobre la
documentación a la que se refiere la base octava, apartado 4, de la Resolución de 4 de
marzo de 2022.
Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico vigente y reconocido que sea válido, expedido por la FNMT-RCM,
si se accede fuera de la red corporativa, pudiendo utilizarse usuario y clave si se accede
desde dicha red.
La solicitud presentada ante el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía no
podrá ser modificada, en ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva
solicitud que sustituirá a la anterior, generándose automáticamente un justificante de la
recepción de los documentos electrónicos presentados por las personas solicitantes, en
el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como
fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su no rechazo.
3. Además de la petición de destino señalada en los párrafos anteriores, las personas
aspirantes deberán aportar la documentación a la que se refiere el apartado 4 de la
base octava contenida en la resolución de la convocatoria, que habrá de presentarse
exclusivamente por medios electrónicos, en idéntico plazo de 20 días hábiles, a contar
desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
La presentación electrónica de la referida documentación se realizará en el Registro
Electrónico Único de la Junta de Andalucía, al que se accederá desde la Presentación
Electrónica General, a través de la dirección
https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientoDetalle.xhtml
Respecto del documento indicado en la letra b) del apartado 4 de la base octava
deberá aportarse copia electrónica auténtica del título académico oficial o, en su defecto,
copia del mismo acompañada del documento obtenido a través de la «Consulta a los
Registros de Títulos Universitarios» en la sede electrónica del Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
4. En cualquier caso, la declaración responsable a la que hace referencia la letra c)
del apartado 4, contenido en la base octava de la resolución de convocatoria, deberá
cumplimentarse conforme al modelo que figura en el Anexo II-A de la presente resolución,
y presentarse junto al formulario de petición de destino en el Registro Electrónico Único
de la Junta de Andalucía.
5. Asimismo, el personal aspirante con discapacidad deberá aportar el correspondiente
certificado, expedido por la Consejería competente en la materia de la Junta de Andalucía,
o en su caso del Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el que conste su capacidad
para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo, Especialidad u Opción a
que se aspira.
6. Sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos anteriores, el personal aspirante
que tuviera la condición de personal funcionario de carrera y aquellos otros que
estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados, siempre que hubieran
sido inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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