Autoridades y personal. . (2023/63-36)
Resolución de 29 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan plazas para que las personas integrantes de la relación complementaria de aspirantes seleccionados realicen petición de destino y aporten la documentación preceptiva en relación al proceso selectivo para el acceso a la condición de personal laboral fijo, por el sistema de concurso, en las categorías profesionales Encargado/a, Personal de Interpretación e Información, Operador/a de Ordenador, Personal Técnico de Servicios en Centros y Delineante, correspondientes al Grupo III, para las plazas vinculadas a Ofertas de Empleo Público de estabilización del empleo temporal 2017/2019, convocado por Resolución de 11 de diciembre de 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas y no poseer la
condición de personal laboral fijo de la misma categoría profesional a que se aspira ni de
desempeñar ningún puesto en el sector público, ni realiza actividad privada incompatible
o sujeta a reconocimiento de compatibilidad. Asimismo, al mencionado formulario
según exigencias de la base décima.9 de la Resolución de 11 de diciembre de 2020, se
incorporará la siguiente documentación:
a) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas correspondientes a la categoría profesional concreta, considerándose
válidos bien Certificado médico oficial dictado por el Consejo General de la Organización
Médica Colegial y expedido por personal médico colegiado, bien Certificación expedida
por médico/a de familia del Servicio Andaluz de Salud (en el modelo configurado por
el Sistema DIRAYA) o por personal facultativo del Sistema Nacional de Salud que
corresponda a la persona interesada.
En el supuesto de que la persona a contratar se encuentre desempeñando puesto
de trabajo propio de la categoría profesional a la que opta, será suficiente la aportación
de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria para el
desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional (Anexo II).
b) En el caso de optar por puestos que en la Relación de Puestos de Trabajo tengan
asignada la característica singular «Contacto Habitual con Menores», habrá de aportarse
Certificación negativa emitida por el Registro Central de delincuentes sexuales de
inexistencia de antecedentes por delitos sexuales. Si no lo aportara, la persona solicitante
deberá prestar su consentimiento para la consulta de sus datos contenidos en el citado
Registro, así como presentar declaración responsable de no haber sido condenada por
sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en
el Título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como
por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el Título VII bis del Código
Penal, a los efectos previstos en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio,
de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia (Anexo III).
2. La presentación electrónica se podrá realizar de la siguiente forma:
a) Desde fuera de la red corporativa de la Junta de Andalucía, con certificado digital.
b) Desde dentro de la red corporativa de la Junta de Andalucía, indistintamente con
certificado digital o bien con usuario y clave privada de acceso.
Una vez realizada la presentación telemática, esta no podrá ser modificada en
ningún caso, sin perjuicio de que pueda presentarse una nueva petición de destino
dentro de plazo, en cuyo caso la primera quedará sin efecto; con la presentación se
generará automáticamente un justificante de la recepción de los documentos electrónicos
presentados, en el que se dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al
documento, así como fecha y hora que acredite el momento exacto de presentación y su
no rechazo. Dicho justificante servirá de acreditación de su correcta presentación.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
potestativo de reposición ante la Dirección General competente en materia de Función
Pública en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación, o
interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercero. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado de acuerdo
con el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, y conforme al orden de
preferencia que hayan establecido en el Anexo I. Si la persona seleccionada no
presentase la referida documentación, o no pidiese puestos en número suficiente, se
entenderá que desiste de su derecho a ser seleccionada en el concurso convocado por
la presente resolución, quedando anuladas todas sus actuaciones; igualmente serán
anuladas las actuaciones de las personas aspirantes que incorporen documentación que
no resultara acreditativa de los requisitos exigidos.