3. Otras disposiciones. . (2023/63-49)
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Hídricos, por la que se aprueban el Plan Anual de Inspección de Vertidos y el Programa Anual de Inspecciones de Vertidos al Dominio Público Hidráulico Intracomunitario y al Dominio Público Marítimo-Terrestre Andaluz para el año 2023.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 13 de marzo de 2023, de la Dirección General de Recursos Hídricos,
por la que se aprueban el Plan Anual de Inspección de Vertidos y el Programa
Anual de Inspecciones de Vertidos al Dominio Público Hidráulico Intracomunitario
y al Dominio Público Marítimo-Terrestre Andaluz para el año 2023.

La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, tiene encomendadas
las competencias en materia de inspección y vigilancia del dominio público hidráulico
competencia de la Junta de Andalucía, ejerciendo las funciones de policía sobre los
aprovechamientos y, en particular, sobre los sistemas de abastecimiento y depuración
de las aguas, mantenimiento y control de las obras hidráulicas de competencia de la
Administración Autónoma, según el artículo 11.4 b) de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de
Aguas de Andalucía.
Así mismo, la Consejería competente en materia de aguas tiene encomendadas
las competencias en materia de inspección y vigilancia del dominio público marítimo
terrestre, ejerciendo las funciones de policía necesarias para la protección de las aguas
litorales y del resto del dominio público marítimo terrestre, según el artículo 11.4.c) de la
Ley 9/2010, de 30 de julio.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 41 del Decreto 109/2015, de 17 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Vertidos al Dominio Público Hidráulico
y al Dominio Público Marítimo-Terrestre de Andalucía, corresponde a las Delegaciones
Territoriales de la Consejería competente en materia de agua el ejercicio de las funciones
de vigilancia, inspección y control ambiental de todas las actividades, actuaciones
e instalaciones sujetas a autorización de vertido, cuando estos se realicen directa o
indirectamente al dominio público hidráulico o al dominio público marítimo terrestre cuya
competencia corresponda a la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin perjuicio de las
que correspondan a otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía o de
otras Administraciones Públicas, en materia de su competencia.
Al objeto de cumplir con las tareas anteriormente mencionadas, y en virtud de
lo establecido en el artículo 42 del Decreto 109/2015, anualmente se aprobará por
resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de vertidos
y se ejecutará por las correspondientes Delegaciones Territoriales de la Consejería
competente en materia de agua, directamente o, en su caso, auxiliada por sus entidades
instrumentales, un programa de inspecciones de vertidos al dominio público hidráulico
y al dominio público marítimo-terrestre que establecerá una frecuencia de inspecciones
basadas en los siguientes criterios:
- Adecuación de las instalaciones de tratamiento de los vertidos.
- Incumplimientos detectados con anterioridad.
- Población atendida o volumen que vierte la industria.
- Peligrosidad del vertido industrial.
- Existencia en núcleos urbanos de un número importante de industrias o de industrias
altamente contaminantes por la toxicidad potencial de sus vertidos o por el volumen
de los mismos.
- Cercanía y tamaño de la población que pudiera verse afectada, en su caso, por el
vertido.
- Existencia de espacios naturales protegidos o especies en peligro.
- Aquellos otros que se consideren necesarios por la calidad del medio receptor.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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