Disposiciones generales. . (2023/63-2)
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Lunes, 3 de abril de 2023

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1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre
el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos
y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la
Política Agraria Común 2023-2027.
PRE Á MBULO
La Política Agraria Común desde sus orígenes ha buscado siempre adaptarse a las
necesidades del sector agrícola y a los cambios del mismo. Con la reforma de la Política
Agraria Común (en adelante, PAC) 2023-2027, se implanta un nuevo enfoque en el que
los Estados miembros deben establecer los detalles de las intervenciones o medidas
de la nueva PAC, a través de un plan estratégico, encaminado a la consecución de
resultados concretos. Dicho plan ha de agrupar las intervenciones en forma de pagos
directos, las intervenciones en determinados sectores, así como las intervenciones para
el desarrollo rural, y será financiado con cargo a los fondos europeos agrícolas, Fondo
Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural
(FEADER).
El Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, establece normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos
que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común
(planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de
Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el
que se derogan los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013 y (UE) núm. 1307/2013.
El Capítulo IV del Título III del mismo relaciona los tipos de intervenciones que los
Estados Miembros pueden implementar para desarrollo rural y entre ellas, en su artículo
70 se contemplan los compromisos agroambientales y climáticos y otros compromisos
de gestión que se consideran beneficiosos para alcanzar uno o varios de los objetivos
específicos siguientes:

Los objetivos establecidos se complementarán e interconectarán con el objetivo
transversal de modernizar la agricultura y las zonas rurales, fomentando y poniendo en
común el conocimiento, la innovación y la digitalización en las zonas agrícolas y rurales
y promoviendo su adopción por los agricultores, mediante la mejora del acceso a la
investigación, la innovación, el intercambio de conocimientos y la formación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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OE4 - Contribuir a la adaptación al cambio climático y a su mitigación, también
mediante la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero y mejorando la
captura de carbono, así como promover la energía sostenible;
OE5 - Promover el desarrollo sostenible y la gestión eficiente de recursos naturales
como el agua, el suelo y el aire, incluyendo la reducción de la dependencia química;
OE6 - Contribuir a detener y revertir la pérdida de biodiversidad, potenciar los
servicios relacionados con los ecosistemas y conservar los hábitats y los paisajes;
OE9 - mejorar la respuesta de la agricultura de la Unión a las exigencias sociales
en materia de alimentación y salud, incluida la demanda de alimentos de buena calidad,
seguros y nutritivos producidos de forma sostenible, reducir el desperdicio de alimentos,
mejorar el bienestar animal y combatir la resistencia a los antimicrobianos.