3. Otras disposiciones. . (2023/62-94)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Dirección General de Movilidad y Transportes, por la que se revisa el mínimo de percepción de los servicios de transporte público regular de viajeros de uso general.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 62 - Viernes, 31 de marzo de 2023
página 5987/3
1. Para los contratos, que deban revisarse conforme al Índice de Precios al Consumo
(IPC), en aplicación de la disposición transitoria sexta del Real Decreto 70/2019, de 15
de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Transportes Terrestres,
aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, se establece el mínimo de
percepción en 1,34 euros, IVA incluido.
2. Para los contratos, que se relacionan a continuación, y cuya revisión no está sujeta
a índices de precios o fórmula que los contenga, de conformidad con lo establecido en la
Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, se establece el
mínimo de percepción en 1,47 euros, IVA incluido.
CÓDIGO
DENOMINACIÓN
VJA-400
GRANADA-AEROPUERTO-CACÍN
ALSA GRANADA AIRPORT S.L
JAÉN-TORREDELCAMPO-CÓRDOBA
CON HIJUELAS
LA CAROLINA-SORIHUELA DE GUADALIMAR
Y JAÉN
CORPORACIÓN ANDALUZA DE
MOVILIDAD EN AUTOBÚS, S.L.
VJA-403
VALDEPEÑA-LOS VILLARES Y JAÉN
ANA ÁLVARO ARMENTEROS
VJA-404
POZOBLANCO-CÓRDOBA POR ALCARACEJOS
Y VVA. DE CÓRDOBA CON HIJUELAS
AUTOCARES PÉREZ CUBERO, S.L.
VJA-401
VJA-402
EMPRESA
AUTOCARES JAÉN, S.L.
3. El mínimo de percepción no es susceptible de incremento por tarifas de estaciones
de autobuses.
Segundo. La presente resolución surtirá efectos al día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su notificación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00281022
Sevilla, 27 de marzo de 2023.- El Director General, Felipe A. Arias Palma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 62 - Viernes, 31 de marzo de 2023
página 5987/3
1. Para los contratos, que deban revisarse conforme al Índice de Precios al Consumo
(IPC), en aplicación de la disposición transitoria sexta del Real Decreto 70/2019, de 15
de febrero, por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Transportes Terrestres,
aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, se establece el mínimo de
percepción en 1,34 euros, IVA incluido.
2. Para los contratos, que se relacionan a continuación, y cuya revisión no está sujeta
a índices de precios o fórmula que los contenga, de conformidad con lo establecido en la
Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española, se establece el
mínimo de percepción en 1,47 euros, IVA incluido.
CÓDIGO
DENOMINACIÓN
VJA-400
GRANADA-AEROPUERTO-CACÍN
ALSA GRANADA AIRPORT S.L
JAÉN-TORREDELCAMPO-CÓRDOBA
CON HIJUELAS
LA CAROLINA-SORIHUELA DE GUADALIMAR
Y JAÉN
CORPORACIÓN ANDALUZA DE
MOVILIDAD EN AUTOBÚS, S.L.
VJA-403
VALDEPEÑA-LOS VILLARES Y JAÉN
ANA ÁLVARO ARMENTEROS
VJA-404
POZOBLANCO-CÓRDOBA POR ALCARACEJOS
Y VVA. DE CÓRDOBA CON HIJUELAS
AUTOCARES PÉREZ CUBERO, S.L.
VJA-401
VJA-402
EMPRESA
AUTOCARES JAÉN, S.L.
3. El mínimo de percepción no es susceptible de incremento por tarifas de estaciones
de autobuses.
Segundo. La presente resolución surtirá efectos al día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de su notificación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
00281022
Sevilla, 27 de marzo de 2023.- El Director General, Felipe A. Arias Palma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja