Autoridades y personal. . (2023/62-69)
Resolución de 27 de marzo de 2023, conjunta de la Universidad de Málaga y el Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios (PTU) vinculadas con plazas asistenciales de Facultativo Especialista de Área.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Viernes, 31 de marzo de 2023

página 6043/5

el procedimiento de los concursos de acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes
Universitarios de la UMA.
6.2. El nombramiento como miembro de una Comisión de Selección es irrenunciable,
salvo cuando concurra alguna de las causas previstas en la normativa vigente. En este
caso, la apreciación de la causa alegada corresponderá al Rector, que deberá resolver en
el plazo de cinco días, a contar desde la recepción de la solicitud de abstención o renuncia.
6.3. Los miembros de una Comisión de Selección podrán ser recusados siempre
que concurra alguno de los supuestos previstos por la normativa vigente. La recusación
la resolverá el Rector en el plazo de tres días, previos el informe del recusado y las
comprobaciones que considere oportunas. El incidente de recusación suspenderá el
proceso selectivo hasta su resolución.
6.4. En los casos de renuncia justificada, abstención o recusación que impidan
la actuación de los miembros de la Comisión titular, éstos serán sustituidos por sus
respectivos suplentes. En el caso de que en el miembro suplente concurriese alguno de
los supuestos referidos, su sustitución se hará por orden correlativo entre el resto de los
vocales suplentes.
6.5. Las actuaciones, régimen de acuerdos y funcionamiento interno de las
Comisiones se ajustarán a las previsiones sobre órganos colegiados establecidas en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

8. De la constitución de la Comisión.
8.1. Las Comisiones de Selección deberán constituirse en el plazo máximo de 2
meses contados a partir del día siguiente de aquél en que se apruebe la lista definitiva
de admitidos y excluidos al concurso. Para ello, el Presidente de la Comisión dictará
resolución que deberá ser notificada, con al menos diez días naturales de antelación,
convocando a los miembros titulares y, en su caso, suplentes necesarios para proceder
al acto formal de constitución de aquélla, fijando lugar fecha y hora a tales efectos.
La constitución exigirá la presencia de la totalidad de los miembros titulares, caso de que
no concurrieran al citado a acto, cesarán y serán sustituidos por sus respectivos suplentes.
En caso de que se incumpla el plazo de constitución se iniciará el procedimiento para
el nombramiento de una nueva Comisión a instancias del Rector.
8.2. Para que la Comisión pueda actuar válidamente será necesaria la presencia de
al menos tres de sus miembros.
8.3. En las Comisiones de Selección para la provisión de plazas de Catedrático de
Universidad las funciones de secretaría las ejercerá el Catedrático o Catedrática de
la Universidad de Málaga con menor antigüedad en el cuerpo, siempre que hubiese
miembros de la citada Universidad. En las Comisiones de Selección para la provisión
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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7. Criterios generales de evaluación
La Comisión de Selección que habrá de resolver el concurso de acceso tendrá en
cuenta, en la valoración de los candidatos, los siguientes criterios generales:
a) La actividad docente e investigadora desarrollada por el concursante, relacionada
con la plaza objeto del concurso.
b) La calidad y el impacto en la comunidad científica de sus trabajos de investigación,
con especial consideración cuando estos hayan sido valorados de forma positiva por las
correspondientes Agencias de Evaluación.
c) La actividad asistencial-sanitaria relacionada con la plaza.
d) Otros méritos académicos y de gestión universitaria.
e) La adecuación del proyecto docente e investigador a las necesidades de la
Universidad de Málaga, puestas de manifiesto en las presentes bases de convocatoria o,
en su caso, las aportaciones que en ambas materias puedan realizar en la Universidad
de Málaga.
f) La capacidad para la exposición y el debate.