Disposiciones generales. . (2023/62-3)
Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se convocan para el año 2023 las ayudas previstas en la Orden de 3 de septiembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la pesca en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en la línea de ayudas para inversiones a bordo de buques pesqueros y en equipos individuales, con el fin de mejorar la higiene, la salud, la seguridad y las condiciones de trabajo de los pescadores.
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Viernes, 31 de marzo de 2023

página 5994/11

ANEXO I

(Página 6 de 8)
8

CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS (Continuación)

CRITERIOS ESPECÍFICOS: se valorarán hasta un máximo de 30 puntos.
A) PARA INVERSIONES DIRIGIDAS A MEJORAR LA SEGURIDAD: hasta 19 puntos.
A.1. Accidentes en el buque en los dos años civiles anteriores a la solicitud: hasta 5 puntos.
Si han ocurrido accidentes: 5 puntos.
Si no han ocurrido accidentes: 0 puntos.
A.2. Inversiones atendiendo a las propuestas realizadas por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo según la tipología de accidentes: hasta 7
puntos.
A.3. Inversiones recogidas en los artículos 3 y 6 del Reglamento Delegado 2015/531: hasta 7 puntos.
B) PARA INVERSIONES DIRIGIDAS A MEJORAR LA SALUD, CONDICIONES A BORDO E HIGIENE: hasta 11 puntos.
B.1. Inversiones atendiendo a las propuestas realizadas por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el trabajo según la tipología de accidentes: hasta 4
puntos.
B.2. Inversiones recogidas en los artículos 4,5 y 6 del Reglamento Delegado 2015/531: hasta 7 puntos.
- Los proyectos que no obtengan un mínimo de 3 puntos en la valoración de los criterios específicos serán eliminados, sin que tengan derecho a la concesión de la
ayuda.
PRIORIZACIÓN EN CASO DE EMPATE:
El empate se dirimirá de acuerdo a la mayor puntuación obtenida en alguno de los criterios de valoración; empezando por el primer criterio de valoración recogido en el
apartado "Criterios específicos" y continuando, en orden decreciente, conforme a la prelación establecida en dicho apartado.
8.2 INFORMACIÓN Y DATOS PARA APLICAR LOS CRITERIOS (A CUMPLIMENTAR POR EL SOLICITANTE):
El proyecto:
- Contribuye a reducir la siniestralidad en el buque:



NO

- Produce variación en el número de bajas y accidentes:



NO

- Potencia la innovación en el sector pesquero:



NO

- Promueve el capital humano:



NO

- El buque ha tenido algún accidente en los daños civiles anteriores a la solicitud de la ayuda:



NO

- En caso afirmativo, descripción del tipo de accidente y daños ocasionados:

00281033

002506/3D

- La información aportada en el apartado 7.5 será utilizada para aplicar los criterios de valoración específicos A.2, A.3, B.1 y B.2.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja