Disposiciones generales. . (2023/62-5)
Extracto de la Orden de 14 de marzo de 2023, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Viernes, 31 de marzo de 2023

página 5993/2

Segundo. Beneficiarios.
a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las agrupaciones
identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados por la parada
temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la Flota Pesquera, y
que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120 días en el mar, durante
los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
b) Las personas físicas (tripulantes) que hayan trabajado en el mar al menos 120 días
durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda,
a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas destinadas a la paralización temporal de la
flota marisquera con puerto base en Andalucía, como consecuencia del cierre de las
zonas de producción marisquera y para las especies recogidas en la Resolución de 2 de
septiembre de 2022, de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería y Pesca en
Cádiz, debido al vertido de fuel-oil del buque granelero OS35, varado en la zona este de
Gibraltar, contenida en el artículo 21.2.e) del Reglamento (UE) 2021/1139 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo
Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, y por el que se modifica el Reglamento (UE)
2017/1004.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de septiembre 2022, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), publicada en Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, de 8 de septiembre de 2022, núm. 173.
Quinto. Cuantía.
La dotación presupuestaria de la parada temporal se expone en el cuadro que se
recoge en el apartado primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas solicitantes en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios
de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25258.html

00281032

Sevilla, 14 de marzo de 2023.- El Viceconsejero, P.D. de firma de la Consejera (Orden de
5.4.2022), Vicente Pérez García de Prado.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja