Autoridades y personal. . (2023/61-42)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público de méritos para la contratación de Profesores Contratados Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

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acreditativo del ingreso por el citado concepto. La falta de abono de estos derechos
durante el plazo de presentación de instancias no es subsanable, lo cual determinará la
exclusión del aspirante. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución
del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
Estarán exentos del pago:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la
solicitud, certificado que acredite tal condición.
b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal
circunstancia con el informe preceptivo de la institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención
del 100% de la tasa y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.

5. Comisiones.
5.1. El presente concurso será resuelto por la Comisión constituida al efecto, en la
forma establecida en el artículo 88 del Estatuto de la Universidad de Sevilla, que se
relacionan en el Anexo II .
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00281011

4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional
de admitidos y excluidos se hará pública antes de los 30 días hábiles siguientes, con
indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante
exposición de las correspondientes listas en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad
de Sevilla y, a título informativo en la siguiente dirección web: https://docentes.us.es
Oferta de Empleo Público-Convocatorias, y estará condicionada a que, por parte de la
correspondiente Comisión juzgadora se hayan elaborado los criterios de evaluación de
los méritos de los candidatos y hayan sido remitidos al Servicio de Programación Docente
para su publicación.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del
siguiente al de publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya
motivado su exclusión u omisión de la relación de admitidos y excluidos, aportando la
documentación necesaria mediante instancia o escrito de remisión, presentado según
el procedimiento indicado en el apartado 3.1 de estas bases. Los aspirantes que, dentro
del plazo señalado, no subsanen la exclusión o no realicen alegación frente a la omisión
producida que justifique su derecho a ser incluidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo.
No obstante lo anterior, y en el caso de que en la lista provisional no figure ningún
excluido, se publicará directamente el lista definitivo de aspirantes admitidos al concurso.
4.2. Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes, se publicarán las listas
definitivas de admitidos y excluidos en el Tablón Electrónico oficial de la Universidad
de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico (https://docentes.us.es – Oferta
de Empleo Público – Convocatorias). Dichos listados se remitirán al Presidente de la
Comisión.
La resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos,
en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin de la vía administrativa
y contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo,
conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, o
bien potestativamente, podrán interponer recurso de reposición, a tenor de lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administratico Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el
día siguiente a su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contenciosoadministrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o desestimación presunta
del de reposición.