Autoridades y personal. . (2023/61-40)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Profesores Ayudantes Doctores.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

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3. Solicitudes y documentación.
3.1. Los interesados en tomar parte en el concurso deberán presentar una solicitud
por cada plaza solicitada. A tales efectos, las plazas cuyos códigos aparezcan agrupados,
pertenecientes a una misma área de conocimiento y departamento en el Anexo I.2
separadas por un guion, se tramitan como una sola plaza.
Para ello deberán darse de alta e identificarse a través de la plataforma habilitada
por el Vicerrectorado de PDI, a la que pueden acceder desde la página web de la UMA:
https://www.uma.es/personal-docente-e-investigador/cms/menu/seleccion-pdi/concursosplazas-pdi/ o directamente desde el enlace https://gdpdi.uma.es/. En dicha plataforma,
en la opción de menú «Méritos–Gestión de mis méritos» y eligiendo el baremo «Profesor
Ayudante Doctor» tendrá que subir, en formato PDF, los documentos justificativos
de los méritos alegados, justificados según se indican en las Instrucciones para la
acreditación de méritos, Anexo IV de esta convocatoria, con una breve descripción de
cada uno de ellos. La ausencia de dicha descripción en un mérito anulará la posibilidad
de su valoración. Cada documento justificativo subido deberá corresponder a un solo
mérito que se desea sea valorado, no pudiéndose justificar varios méritos con un solo
documento. En caso de que el concursante suba un solo documento para justificar varios
méritos sólo se tomará en consideración el primer mérito que aparezca en el documento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280937

Servicio de PDI: http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador (enlace del menú
«Normativa concursos»).
2.2. De carácter específico.
a) Estar en posesión del título de Doctor.
De acuerdo con la resolución de 9 de marzo de 2023, de la Universidad de Málaga,
debido a que para concursar a plazas de profesorado ayudante doctor se exige el
título de Doctor, se eximirá de la exigencia de presentación de homologación de las
titulaciones de licenciatura/grado. Así mismo, se eximirá de la exigencia de presentación
de reconocimiento por equivalencia de las titulaciones de Doctorado a aquellos
concursantes que concurran a esta convocatoria y hayan obtenido su título de doctor
en una universidad de España. Los doctores cuyas titulaciones hayan sido obtenidas
en universidades extranjeras deberán presentar el reconocimiento por equivalencia, de
dicho título, por una universidad española.
b) Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional
de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), de la Dirección de Evaluación y
Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento (DEVA) o de la Agencia para
la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA) para la figura del Profesor
Ayudante Doctor.
De conformidad con el artículo 48.3 de la Ley Orgánica de Universidades (LOU) y el
Decreto Legislativo 172013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley Andaluza de Universidades (LAU), se considerará mérito preferente estar acreditado
o acreditada para participar en los concursos de acceso a los cuerpos docentes
universitarios (actualmente a las figuras de Profesor Titular de Universidad o Catedrático
de Universidad). Igualmente, de conformidad con el artículo 50.a) de la LOU y 40.1.b) de
la LAU será mérito preferente la estancia del candidato en universidades o centros de
investigación de reconocido prestigio, españoles o extranjeros, distintos de la universidad
que lleve a cabo la contratación.
c) No haber agotado el plazo de cinco años como Ayudante Doctor en cualquier
Universidad, y no haber agotado el plazo de ocho años de contrato en total entre la
contratación como Profesorado Ayudante Doctor/a y Ayudante, en cualquier Universidad
española, descontando los periodos de interrupción legal del cómputo.
2.3. Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los concursantes deberán
haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantenerse durante el período de vigencia del contrato.