Autoridades y personal. . (2023/61-41)
Resolución de 24 de marzo de 2023, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de plazas de Profesor Contratado Doctor.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

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2. Condiciones y requisitos de los solicitantes.
2.1. De carácter general.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/84, de 26 diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de
incompatibilidades.
e) Estar en posesión del/ de los título/s universitario/s requerido/s. Cuando los títulos
hayan sido obtenidos en el extranjero, deberán estar en posesión de la credencial que
acredite su homologación o de la certificación de equivalencia a titulación y nivel académico
universitario oficial en España, o del reconocimiento profesional del título para poder ejercer
como Profesor de Universidad, expedidos por el Ministerio con competencias en materia de
educación u organismo que tuviera reconocida dicha competencia.
f) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.
2.2. De carácter específico.
a) Estar en posesión del título de Doctor.
De acuerdo con la resolución de 9 de marzo de 2023 de la Universidad de Málaga,
debido a que para concursar a plazas de profesorado contratado doctor se exige el
título de Doctor, se eximirá de la exigencia de presentación de homologación de las
titulaciones de licenciatura/grado. Así mismo, se eximirá de la exigencia de presentación
de reconocimiento por equivalencia de las titulaciones de Doctorado a aquellos
concursantes que concurran a esta convocatoria y hayan obtenido su título de doctor
en una universidad de España. Los doctores cuyas titulaciones hayan sido obtenidas
en universidades extranjeras deberán presentar el reconocimiento por equivalencia, de
dicho título, por una universidad española.
b) Disponer de evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional
de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA), de la Dirección de Evaluación y
Acreditación de la Agencia Andaluza del Conocimiento (DEVA) o de la Agencia para
la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA) para la figura del Profesor
Contratado Doctor.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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de 2018. En lo no contemplado en la normativa citada, el concurso se regirá por lo
dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás legislación
general que le sea de aplicación, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.