Disposiciones generales. . (2023/61-2)
Orden de 9 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, incluidas en la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (2024-2027), y se efectúa su convocatoria para el año 2023.
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BOJA
OPERACIONES
RECONVERSIÓN DE VIÑEDOS POR
CAMBIO DE VARIEDAD
MEJORA DE LAS TÉCNICAS DE GESTIÓN

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023

página 5905/27

ACCIONES

IMPORTE

SOBREINJERTADO

0,7583 Euros/planta

CAMBIO VASO ESPALDERA

1.399,93 Euros/ha

PREPARACIÓN DEL SUELO

862,72 Euros/ha

FERTILIZACIÓN
REPLANTACIÓN TRAS ARRANQUE POR
MOTIVOS SANITARIOS O
FITOSANITARIOS

233,91 Euros/ha

PLANTACIÓN

0,4209 Euros/planta

INJERTADO EN CAMPO

1,1792 Euros/planta

DESINFECCIÓN

725,58 Euros/ha

PROTECCIÓN QUE RODEA A LA PLANTA

0,2724 Euros/planta

Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y
Ganadera para dictar las instrucciones, adoptar las medidas necesarias para el desarrollo
y ejecución y en particular la modificación de los anexos de la presente orden, sin que en
ningún caso pueda suponer modificar el contenido normativo de la misma.
Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de las solicitudes de ayudas
concedidas.
A las solicitudes de ayudas concedidas a la reestructuración y reconversión de viñedo
en Andalucía antes de la entrada en vigor de esta orden no les será de aplicación la
misma, rigiéndose por la normativa reguladora vigente cuando fueron concedidas.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la
presente orden y, expresamente, la Orden de 24 de abril de 2020, por la que se aprueban
las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión
de viñedo incluidas en el programa de apoyo al sector vitivinícola en el marco 2019-2023,
y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2021.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 9 de marzo de 2023.
CARMEN CRESPO DÍAZ

00280945

Consejera de Agricultura, Pesca, Agua
y Desarrollo Rural

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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