Disposiciones generales. . (2023/61-3)
Orden de 16 de marzo de 2023, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la parada temporal por reducción del esfuerzo pesquero de la flota que faena en el caladero nacional del Mediterráneo en la modalidad de arrastre de fondo, que ha tenido lugar durante el año 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023
página 5891/16
ME OPONGO a la consulta de datos de haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes
en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a
intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme al Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del
concurso ante el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantil, a través del sistema de verificación de los datos de solvencia
para concursos públicos, y aporto certificado de no encontrarse incurso en procedimiento de concurso voluntario o insolvencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
00280928
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 61 - Jueves, 30 de marzo de 2023
página 5891/16
ME OPONGO a la consulta de datos de haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes
en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a
intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme al Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del
concurso ante el Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantil, a través del sistema de verificación de los datos de solvencia
para concursos públicos, y aporto certificado de no encontrarse incurso en procedimiento de concurso voluntario o insolvencia.
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00280928
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