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Resolución de 20 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, por la que se acuerda la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto que se cita, sito en el término municipal de Níjar (Almería). (PP. 1327/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 59 - Martes, 28 de marzo de 2023

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FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de
Política Industrial y Energía es competente resolver el otorgamiento de la Utilidad Pública
en concreto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del Estatuto de Autonomía de
Andalucía, L.O. 2/2007, de 19 de marzo; Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio,
sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se
regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; Ley 24/2013,
de 26 de diciembre del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley
de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954; Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y Orden de 5 de
junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería
de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
Segundo. La declaración de utilidad pública en concreto está regulada en los artículos
143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000.
Visto los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho expresados más
arriba, esta Delegación del Gobierno
RESU ELV E
Primero. Declarar en concreto la Utilidad Pública del proyecto denominado Línea
eléctrica A 132 kV doble circuito de la instalación solar fotovoltaica «CSF Lucainena»
en la provincia de Almería, sita en el término municipal de Níjar, cuyas principales
características, así como la relación de bienes y derechos afectados, son las siguientes:
Promotor: Calaspasol1, S.L.U.
Línea de evacuación a 132 kV:
Origen: En subestación proyectada en apoyo con coordenadas aproximadas U.T.M.
X=576.374,91 e Y=4.092.912,4 del Huso 30.
Final: En nuevo apoyo a intercalar en la línea Toyo-Hornos Ibéricos.
T.m. afectado: Níjar.
Tipo: Aérea.
Tensión nominal: 132 kV (1a Cat).
Núm. de circuitos: 2.
Núm. de apoyos: 5.
Longitud: 757,5 m.
Conductores: D-450 / OPGW-48.
Apoyos: Metálicos de celosía con montaje de cruceta de doble circuito con hilo de tierra.
Aisladores: C0MP0SITE-132-120-1241.

Notifíquese esta resolución a los interesados en la forma prevista en los artículos
40 y ss de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, con la advertencia expresa que esta resolución pone
fin a la vía administrativa y que contra la misma podrá interponer recurso contenciosoDepósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. La declaración en concreto de la utilidad pública de la instalación, a los
efectos de expropiación forzosa, lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y
o de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación
de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa.