Disposiciones generales. . (2023/59-4)
Resolución de 19 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se realiza la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con los ámbitos de competencia de la Secretaría General de Vivienda para el periodo 2023-2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Martes, 28 de marzo de 2023

página 5728/5

Décimo. Trámite de audiencia, aportación de documentos y aceptación.
A efectos del trámite de audiencia, aportación de documentación y aceptación
previstos en los apartados 15 y 17 del cuadro resumen de las bases reguladoras, la
persona solicitante deberá cumplimentar el modelo que figura como Anexo II, que se
publica con la presente resolución.
Décimo primero. Justificación.
En lo referente a la justificación, se estará a lo establecido en el apartado 26 del
cuadro resumen de las bases reguladoras.
Asimismo, en el supuesto de carecer de la documentación justificativa de la utilización
de los fondos percibidos, podrá dirigirse al órgano concedente y comunicar la intención de
proceder a la devolución voluntaria de la ayuda o solicitar la compensación, aplazamiento
o fraccionamiento con reconocimiento de deuda, según establece el artículo 124 quáter
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
en cuyo caso no se iniciaría el procedimiento de reintegro.
Décimo segundo. Anexos.
Se acompaña a esta resolución de convocatoria:
- Anexo I: Formulario de solicitud de la ayuda.
- Anexo II: Formulario de alegaciones, aceptación y presentación de documentos.
- Anexo III: Subsanación de la solicitud.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al
de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, o recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación,
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido y con los requisitos determinados en
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

00280775

Sevilla, 19 de marzo de 2023.- La Consejera de Fomento, Articulación del Territorio y
Vivienda, P.D. (Orden de 9.11.2021, BOJA núm. 219, de 15.11.2021), la Secretaria General
de Vivienda, Alicia Martínez Martín.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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