Autoridades y personal. . (2023/59-70)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se convoca la cobertura de vacantes en el censo de embarcaciones autorizadas a la captura de pulpo (Octopus vulgaris) con artes específicos en el caladero del Golfo de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Martes, 28 de marzo de 2023

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2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

Con fecha de 28 de abril de 2017, se publica la Orden de 25 de abril de 2017, por la que
se regula la captura de pulpo (Octopus vulgaris) con artes específicos en el caladero
nacional del Golfo de Cádiz y se crea el Censo de embarcaciones autorizadas para dicha
actividad con un total de 277 buques.
A través de su disposición transitoria única, se estableció un periodo para la
incorporación de embarcaciones habituales en la pesquería de pulpo en aguas del litoral
del Golfo de Cádiz, además de otras embarcaciones que cumpliesen determinados
requisitos indicados en dicha disposición.
Este periodo transitorio culminó con la Resolución de 10 de octubre de 2017,
de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se publica el censo de
embarcaciones autorizadas para la captura de pulpo (Octopus vulgaris) con artes
específicas en el caladero nacional del Golfo de Cádiz.
Por otro lado, la Orden de 25 de abril de 2017, en su artículo 3, establece que la
Dirección General competente en materia de pesca y marisqueo mantendrá actualizado
el censo conforme a las disposiciones establecidas en la referida orden. Igualmente, en
su artículo 8 dispone, que causarán baja automáticamente en el Censo de embarcaciones
autorizadas al uso de artes específicas para la captura de pulpo, las embarcaciones
afectadas por alguna de las siguientes circunstancias:
a) Embarcaciones que causen baja en el Censo de artes menores.
b) Embarcaciones que trasladen su puerto base fuera del litoral del Golfo de Cádiz de
Andalucía.
c) Embarcaciones que permuten su derecho de pertenencia al Censo.
d) Embarcaciones que no realicen ventas de pulpo (Octopus vulgaris) en lonjas
andaluzas durante cinco años consecutivos, previa tramitación del correspondiente
procedimiento administrativo.
e) Embarcaciones que acumulen 5 sanciones firmes, como consecuencia del
incumplimiento de las disposiciones establecidas en los artículos 9 al 16 de la presente
orden, durante un período de tiempo de 6 años, contados desde la firmeza administrativa
de la última sanción impuesta, previa tramitación del correspondiente procedimiento
administrativo.
Atendiendo a esto último, por parte de esta Dirección General se ha realizado una
revisión, pudiéndose comprobar que 12 embarcaciones no han realizado ventas de esta
especie en lonjas andaluzas, por lo que se ha emitido la correspondiente resolución de
baja del censo como se indica en dicha disposición, contabilizándose en el último registro
273 embarcaciones.
Por otra parte, el artículo 7 de la misma orden, establece que la reposición de vacantes
ocasionadas por bajas sin sustitución en el Censo de embarcaciones autorizadas al uso
de artes específicos para la captura de pulpo, se llevará a cabo mediante convocatoria de
la Dirección General competente en materia de pesca y marisqueo, que será publicada
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tendrá en consideración los informes
científicos disponibles que reflejen el estado y evolución de los recursos pesqueros.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280704

Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Pesca y
Acuicultura, por la que se convoca la cobertura de vacantes en el censo de
embarcaciones autorizadas a la captura de pulpo (Octopus vulgaris) con artes
específicos en el caladero del Golfo de Cádiz.