Autoridades y personal. . (2023/59-68)
Corrección de errores de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extr. núm. 35, de 30.12.2022).
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Martes, 28 de marzo de 2023
página 5628/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Corrección de errores de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que
se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los
procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir
plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades
en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo
temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud
(BOJA extr. núm. 35, de 30.12.2022).
Advertido error material en la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección
General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extr. núm. 35, de 30 de
diciembre), por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han
de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para
cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para
2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones
Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, se procede a
realizar la oportuna corrección:
Debe decir:
«En caso de empate en la puntuación total, (…).
Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se mantuviera un empate,
se aplicarán, sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios
de desempate:
a) Tiempo total de servicios prestados como personal estatutario o funcionario interino
en todos los cuerpos o escalas de otras Administraciones Públicas.
b) La puntuación obtenida en cada uno de los subapartados del baremo de méritos,
en el mismo orden en que se relacionan.
c) En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se
resolverá a favor de la persona aspirante que en el cuerpo, la especialidad o categoría
profesional sea de un sexo que se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo
con los datos actualizados del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00280673
Página núm. 21608/17.
Donde dice:
«En caso de empate en la puntuación total, (…).
Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se mantuviera un empate,
se aplicarán, sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios
de desempate:
a) Tiempo total de servicios prestados como personal estatutario o funcionario interino
en todos los cuerpos o escalas de otras Administraciones Públicas.
b) En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se
resolverá a favor de la persona aspirante que en el cuerpo, la especialidad o categoría
profesional sea de un sexo que se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo
con los datos actualizados del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.»
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Martes, 28 de marzo de 2023
página 5628/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Corrección de errores de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que
se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los
procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir
plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades
en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo
temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud
(BOJA extr. núm. 35, de 30.12.2022).
Advertido error material en la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección
General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extr. núm. 35, de 30 de
diciembre), por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han
de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para
cubrir plazas básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para
2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, que establece que las Administraciones
Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados,
los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos, se procede a
realizar la oportuna corrección:
Debe decir:
«En caso de empate en la puntuación total, (…).
Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se mantuviera un empate,
se aplicarán, sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios
de desempate:
a) Tiempo total de servicios prestados como personal estatutario o funcionario interino
en todos los cuerpos o escalas de otras Administraciones Públicas.
b) La puntuación obtenida en cada uno de los subapartados del baremo de méritos,
en el mismo orden en que se relacionan.
c) En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se
resolverá a favor de la persona aspirante que en el cuerpo, la especialidad o categoría
profesional sea de un sexo que se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo
con los datos actualizados del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00280673
Página núm. 21608/17.
Donde dice:
«En caso de empate en la puntuación total, (…).
Si tras la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior se mantuviera un empate,
se aplicarán, sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios
de desempate:
a) Tiempo total de servicios prestados como personal estatutario o funcionario interino
en todos los cuerpos o escalas de otras Administraciones Públicas.
b) En caso de que el empate se produzca entre personas de diferente sexo, se
resolverá a favor de la persona aspirante que en el cuerpo, la especialidad o categoría
profesional sea de un sexo que se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo
con los datos actualizados del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.»