3. Otras disposiciones. . (2023/58-38)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa de la instalación eléctrica de referencia. (PP. 1129/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 58 - Lunes, 27 de marzo de 2023

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En cuanto a las alegaciones recibidas por parte de Sibelco Minerales Cerámicos,
S.A., y KNAUF GmbH Sucursal en España, se refieren a afecciones a concesiones
mineras con la línea eléctrica de evacuación de 66 kV hasta la subestación eléctrica
Santa Fe, y que se está tramitando en otro expediente a nombre de Sistema de Conexión
Barranco del Agua, A.I.E., con núm. E-4406 14.151/AT, por lo que serán estudiadas y
contestadas en dicho expediente.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127, 131 y 146 del Real
Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes
organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de
Escúzar, Ayuntamiento de Alhendín y Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.
Los informes recibidos fueron enviadas al peticionario o trascurridos treinta días sin
que hayan contestado se entiende que no tienen objeción o condición que formular.
Quinto. El 21 de febrero de 2023 se recibe en esta Delegación informe preceptivo
vinculante de la Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente
y Economía Azul, de fecha 17 de febrero de 2023, con núm. expediente AAU/GR/005/21,
de autorización ambiental unificada a Global Trade Wind, S.L.U., del proyecto de parque
eólico «Barranco del Agua II» de 24 MW en los términos municipales de Alhendín y
Escúzar (Granada) y se emite evaluación de impacto ambiental viable condicionada a la
aplicación de las medidas y los condicionados incluidos en dicho informe.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución,
según lo dispuesto en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado
por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de
julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por
el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía;
el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto, así como la Resolución de 11 marzo de 2022, de la Dirección
General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos
directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto el articulo 32 establece el procedimiento de
autorización ambiental unificada para actuaciones privadas declaradas de utilidad e
interés general de Andalucía, indicando que corresponde al órgano sustantivo, en este
caso esta Delegación, recibir la solicitud, efectuar los trámites de información pública y
de consultas e incorporar a la autorización que se otorga el contenido del informe emitido
por el órgano ambiental.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión
está regulado en el Titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Real Decreto
337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión; el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el reglamento técnico de líneas de alta
tensión.