Autoridades y personal. . (2023/58-30)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir, por turno libre y sistema de concurso-oposición, una plaza de Técnico Especialista de Actividades Culturales, mediante contrato temporal de relevo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Lunes, 27 de marzo de 2023

página 5543/7

8.7. Contra la resolución de exclusión, que ultima la vía administrativa, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad
de Cádiz, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9. Resultados.
9.1. Tras la realización de cada ejercicio, el Tribunal hará público en la página web del
área de Personal (https://personal.uca.es/convocatoria-pas) el acuerdo con la relación
provisional de calificaciones. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles, a través del Registro Electrónico de la Universidad
de Cádiz o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.2. Una vez finalizada la fase de oposición, el tribunal hará público el acuerdo con el
listado provisional de valoración de la fase de concurso de aquellos aspirantes que hayan
superado aquélla pudiendo publicarse simultáneamente a la del resultado del último
ejercicio de la fase de oposición. Contra este acuerdo se podrá presentar reclamación
en el plazo de cinco días hábiles, en la forma establecida en el apartado 9.1, que
serán resueltas por el tribunal mediante acuerdo definitivo. En caso de no presentarse
reclamación, el acuerdo provisional devendrá automáticamente en definitivo.
9.3. Una vez finalizada la valoración del proceso selectivo, el Tribunal hará público
el acuerdo por el que se publica el listado del aspirante que ha superado el proceso
selectivo.
9.4. Contra el acuerdo señalado en el apartado anterior, así como contra los acuerdos
definitivos del tribunal que impidan continuar con el procedimiento, se podrá interponer
recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que establece la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

11. Protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.
11.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos
datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de
datos), y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales
y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de Cádiz es la
responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección
de Datos, en la siguiente dirección de correo electrónico: dpd@uca.es.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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10. Bolsa de trabajo.
10.1. Según establece el apartado 1 del artículo 27 del Reglamento de Selección,
Contratación y Nombramiento del Personal de Administración y Servicios de la
Universidad de Cádiz, como consecuencia de la resolución del presente proceso
selectivo, se elaborará una bolsa de trabajo de la categoría de Técnico Especialista de
Actividades Culturales de la Universidad de Cádiz.
10.2. Para formar parte de la bolsa de trabajo será necesario haber superado al
menos la mitad de los ejercicios de la fase de oposición. Según establece el apartado 2
del artículo 29 del citado reglamento, se tendrá en cuenta los ejercicios superados, así
como la puntuación de la fase de concurso.
10.3. La vigencia máxima de la bolsa de trabajo será de cinco años, excepto que
durante ese período se creen nuevas bolsas como consecuencia de los distintos procesos
selectivos indicados en el apartado 1 del artículo 27 del citado reglamento.