Autoridades y personal. . (2023/58-30)
Resolución de 16 de marzo de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir, por turno libre y sistema de concurso-oposición, una plaza de Técnico Especialista de Actividades Culturales, mediante contrato temporal de relevo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Lunes, 27 de marzo de 2023
página 5543/10
correspondiente Convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.
3. Formación.
a) Sólo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados en los últimos 10 años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,162 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración,
en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,269 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince
horas, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,323 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince
horas, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,538 puntos por
curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o de
aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.
h) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de
duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas,
puntuándose como se señala en el punto c).
i) La posesión de titulación universitaria oficial específica relacionada con la plaza,
de igual o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el
correspondiente grupo profesional se valorará a razón de 1,076 puntos.
j) La puntuación máxima de este apartado será de 2,69 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de 10,77
puntos (35% de la puntuación total del proceso selectivo), únicamente se sumarán a los
obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que superen la fase de oposición.
C) Proceso selectivo.
La determinación de los aspirantes que han superado el proceso selectivo se
realizará sumando la puntuación obtenida en los dos ejercicios de la fase de oposición de
aquellos aspirantes que hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones
anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso.
ANEXO III
PROGR A M A
1. La Ley Orgánica en materia de Universidades: funciones y autonomía de las
Universidades; creación y reconocimiento; régimen jurídico y estructura; órganos de
gobierno y representación.
2. Estatuto de la Universidad de Cádiz. Naturaleza, funciones, principios y fines
de la Universidad de Cádiz. Estructura. Órganos de Gobierno, Participación Social y
Representación. El personal de administración y servicios.
3. El cuarto convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas
de Andalucía: normas de organización del trabajo: principios generales y clasificación
profesional; la regulación en el convenio de la prevención de riesgos laborales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00280594
BLOQUE GENERAL
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Lunes, 27 de marzo de 2023
página 5543/10
correspondiente Convenio colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,77 puntos.
3. Formación.
a) Sólo se valorarán los cursos de formación organizados por organismo oficial de
formación, que estén directamente relacionados con la plaza convocada y hayan sido
realizados en los últimos 10 años, y con anterioridad a la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes.
b) No se valorarán las instrucciones de servicio.
c) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración,
en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,162 puntos por curso.
d) Por haber realizado cursos de formación de menos de quince horas de duración,
en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,269 puntos por curso.
e) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince
horas, en los que se haya expedido certificado de asistencia: 0,323 puntos por curso.
f) Por haber realizado cursos de formación de duración igual o superior a quince
horas, en los que se haya expedido certificado de aprovechamiento: 0,538 puntos por
curso.
g) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite su carácter de asistencia o de
aprovechamiento, serán valorados como de asistencia.
h) Los cursos de formación cuyo certificado no acredite el número de horas de
duración, serán valorados como cursos de formación de menos de quince horas,
puntuándose como se señala en el punto c).
i) La posesión de titulación universitaria oficial específica relacionada con la plaza,
de igual o superior nivel académico que la titulación exigida para el ingreso en el
correspondiente grupo profesional se valorará a razón de 1,076 puntos.
j) La puntuación máxima de este apartado será de 2,69 puntos.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, que no podrán superar el límite de 10,77
puntos (35% de la puntuación total del proceso selectivo), únicamente se sumarán a los
obtenidos en la fase de oposición a aquellos aspirantes que superen la fase de oposición.
C) Proceso selectivo.
La determinación de los aspirantes que han superado el proceso selectivo se
realizará sumando la puntuación obtenida en los dos ejercicios de la fase de oposición de
aquellos aspirantes que hayan superado esta fase, de acuerdo con las especificaciones
anteriores, y la puntuación obtenida en la fase de concurso.
ANEXO III
PROGR A M A
1. La Ley Orgánica en materia de Universidades: funciones y autonomía de las
Universidades; creación y reconocimiento; régimen jurídico y estructura; órganos de
gobierno y representación.
2. Estatuto de la Universidad de Cádiz. Naturaleza, funciones, principios y fines
de la Universidad de Cádiz. Estructura. Órganos de Gobierno, Participación Social y
Representación. El personal de administración y servicios.
3. El cuarto convenio colectivo del personal laboral de las universidades públicas
de Andalucía: normas de organización del trabajo: principios generales y clasificación
profesional; la regulación en el convenio de la prevención de riesgos laborales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00280594
BLOQUE GENERAL