Disposiciones generales. . (2023/57-3)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Dirección General de Pesca y Acuicultura, por la que se modifica el anexo de la Orden de 27 de abril de 2018, por la que se adaptan las zonas de producción de moluscos bivalvos y otros invertebrados marinos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y se establecen disposiciones relativas a los controles oficiales de las mismas.
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SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

ANEXO
II y III de la Junta de Andalucía
Boletín
Oficial

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

página 5125/3

Hoja 3 de 44

ORGANISMO:
DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA

ANEXO

00280178

El apartado I de este anexo incluye la descripción geográfica, relación de especies y clasificación
sanitaria de las zonas de producción de moluscos bivalvos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Las coordenadas de los vértices utilizados en la delimitación geográfica de las zonas de de producción
y los puntos de exclusión se describen en los apartados II y III de este anexo. Las coordenadas de este
anexo están referidas al sistema ETR89. La cartografía de este anexo está proyectada en el sistema
ETRS89/ UTM Zona 30N (EPSG:25830).
Las dársenas o marinas de los puertos y cualquier otra salida de estos quedan expresamente
excluidas de las zonas de producción hasta una distancia de 300 metros medida desde las puntas más
salientes de las estructuras que los conforman (diques, espigones, rompeolas, etc.).
Asimismo, se excluye de las zonas de producción un área de 300 metros de radio alrededor de cada
uno de los puntos de exclusión descritos en el apartado III.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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