3. Otras disposiciones. . (2023/57-46)
Resolución de 8 de marzo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Sevilla, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción. (PP. 1162/2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023
página 4693/6
Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013 y, en particular, según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que
en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la
puesta en servicio de la instalación:
• Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o
derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o
bien queden igualmente sin efecto.
• El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta
de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en
funcionamiento.
• Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los
Reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto
y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que
se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008,
de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-LAT 01 a 09, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que
se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en
instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias
ITC-RAT 01 a 23, y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las
especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279781
Tensión: 15(20) kV.
Longitud: 4.178 metros.
Tipo: Aérea, doble circuito.
Frecuencia: 50 Hz.
Conductor: LA-180 (147-AL1/34-ST1A).
Núm. conductores por fase: 1.
Núms. apoyos: 22 (1 a 22 según proyecto).
• Descripción de la línea subterránea:
Origen tramo 1: Centro de Seccionamiento «CS Campanilla Solar».
Final tramo 1: Apoyo núm. 1.
Longitud tramo 1: 77 metros.
Origen tramo 2: Apoyo núm. 22:
Final tramo 2: SET Huévar (EDE).
Longitud tramo 2: 1.715 metros.
Tensión: 15(20) kV.
Tipo: Subterránea, bajo tubo, doble circuito.
Frecuencia: 50 Hz.
Conductor: RH5Z1 12/20 kV 1X240 K Al.
Proyectos técnicos: Proyecto para línea aéreo/subterránea de 15 kV DC para
evacuación de energía de PV Campanilla Solar en Huévar del Aljarafe (Sevilla), con
declaración responsable del técnico autor del proyecto de fecha 9 de septiembre de 2020.
Técnico titulado competente: Ingeniero Industrial, José Enrique Myro Borrero,
colegiado núm. 4405 del COIIAOC.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023
página 4693/6
Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013 y, en particular, según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que
en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la
puesta en servicio de la instalación:
• Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las competencias
atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que las autorizaciones o
derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para concederla caduquen o
bien queden igualmente sin efecto.
• El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta
de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en
funcionamiento.
• Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los
Reglamentos técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto
y en su explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que
se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008,
de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y
garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-LAT 01 a 09, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que
se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en
instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias
ITC-RAT 01 a 23, y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se aprueban las
especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas, modificada por
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00279781
Tensión: 15(20) kV.
Longitud: 4.178 metros.
Tipo: Aérea, doble circuito.
Frecuencia: 50 Hz.
Conductor: LA-180 (147-AL1/34-ST1A).
Núm. conductores por fase: 1.
Núms. apoyos: 22 (1 a 22 según proyecto).
• Descripción de la línea subterránea:
Origen tramo 1: Centro de Seccionamiento «CS Campanilla Solar».
Final tramo 1: Apoyo núm. 1.
Longitud tramo 1: 77 metros.
Origen tramo 2: Apoyo núm. 22:
Final tramo 2: SET Huévar (EDE).
Longitud tramo 2: 1.715 metros.
Tensión: 15(20) kV.
Tipo: Subterránea, bajo tubo, doble circuito.
Frecuencia: 50 Hz.
Conductor: RH5Z1 12/20 kV 1X240 K Al.
Proyectos técnicos: Proyecto para línea aéreo/subterránea de 15 kV DC para
evacuación de energía de PV Campanilla Solar en Huévar del Aljarafe (Sevilla), con
declaración responsable del técnico autor del proyecto de fecha 9 de septiembre de 2020.
Técnico titulado competente: Ingeniero Industrial, José Enrique Myro Borrero,
colegiado núm. 4405 del COIIAOC.