3. Otras disposiciones. . (2023/57-39)
Decreto 69/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
31 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

página 5484/4

aquellos que deben quedar adscritos a la Agencia de Innovación y Desarrollo de
Andalucía (IDEA) para el cumplimiento de los fines previstos en el artículo 15 de la Ley
9/2021, de 23 de diciembre, así como aquellos que deban quedar adscritos a la Agencia
para la Calidad Científica y Universitaria de Andalucía (ACCUA) y a la Agencia Digital de
Andalucía, conforme a los artículos 1 y 11.1 de la misma ley.
3. La cesión global de activos y pasivos y extinción de EXTENDA-Empresa Pública
Andaluza de Promoción Exterior, S.A. se realizará de acuerdo con el artículo 3 de la
Ley 9/2021, de 23 de diciembre. Atendiendo al artículo 11 de la Ley 9/2021, de 23 de
diciembre, la Agencia quedará subrogada automáticamente en todas las relaciones
jurídicas, derechos y obligaciones que tuviera «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de
Promoción Exterior, S.A.», a la fecha de cesión global de su activo y de su pasivo.
Disposición adicional segunda. Régimen de integración del personal.
1. El personal laboral procedente de las entidades instrumentales Agencia de
Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) y Agencia Andaluza del Conocimiento, y el
personal laboral de EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A.,
una vez se produzca la cesión global de activos y pasivos y la extinción prevista en
el artículo 3 de la Ley 9/2021, de 23 de diciembre, se integrará en la nueva entidad
resultante, de acuerdo con las normas reguladoras de la sucesión de empresas previstas
en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado
por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y tendrá la consideración de
personal laboral de la nueva agencia pública empresarial, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en los artículos 11, 12 y 13, y conforme al proceso de reordenación previsto en
la disposición transitoria primera, de la Ley 9/2021, de 23 de diciembre.
Para el personal vinculado a los fines que se recogen en el artículo 15 de la Ley
9/2021, de 23 de diciembre, la integración se irá realizando a medida que vayan
finalizando las tareas consignadas en el citado precepto. Todo ello, sin perjuicio del
proceso de reordenación previsto en la disposición transitoria primera de la citada ley.
2. El acceso, en su caso, de este personal a la condición de personal funcionario
o laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía solo podrá efectuarse
mediante la participación en las correspondientes pruebas selectivas de acceso libre
convocadas en ejecución de las ofertas de empleo público.
Disposición adicional tercera. Formalización de operaciones financieras.
Desde su entrada en funcionamiento efectivo, y con el fin de evitar duplicidades en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, solo la Agencia TRADE y las entidades
de ella dependientes podrán formalizar las operaciones financieras a que se refiere el
artículo 32 de sus Estatutos, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 79 y siguientes
del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, para los avales de Tesorería y
siempre que la concesión de este tipo de operaciones no esté atribuida expresamente
por norma con rango de ley a otro órgano o entidad de la Junta de Andalucía.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente decreto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280535

Disposición transitoria única. Unidad de Transparencia de la Agencia de Innovación y
Desarrollo de Andalucía.
Hasta el momento de su liquidación y extinción la Agencia de Innovación y Desarrollo
de Andalucía seguirá contando con una Unidad de Transparencia.