3. Otras disposiciones. . (2023/57-39)
Decreto 69/2023, de 21 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Empresarial para la Transformación y el Desarrollo Económico (TRADE).
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Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

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público instrumental de la Junta de Andalucía mediante la creación de una única entidad
de la misma naturaleza que las agencias públicas empresariales Agencia de Innovación
y Desarrollo de Andalucía (IDEA) y Agencia Andaluza del Conocimiento, para el ejercicio
de las funciones que estas tienen asignadas en la actualidad, así como para el ejercicio
de las funciones actualmente asignadas a «EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de
Promoción Exterior, S.A.». Igualmente, de acuerdo con estos principios, cabe señalar
que la forma jurídica de decreto aprobado por el Consejo de Gobierno es la prevista en
el artículo 56.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, para la aprobación de los estatutos de
las agencias públicas empresariales.
En relación con el principio de proporcionalidad, este decreto constituye la regulación
imprescindible para atender la necesidad a cubrir, tras constatar que no existen otras
medidas menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones a los
destinatarios, ya que los Estatutos que se aprueban se ajustan al contenido establecido
por la Ley 9/2007, de 22 de octubre, para los estatutos de las agencias. Respecto al
principio de seguridad jurídica, el decreto se integra de manera coherente con el resto del
ordenamiento jurídico autonómico, nacional y de la Unión Europea, puesto que se aprueba
de acuerdo con la normativa general aplicable a las agencias de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, y con las normas que regulan las competencias que corresponderán a la
nueva entidad. Asimismo, en aplicación del principio de transparencia, dada la incidencia
de la creación de esta Agencia sobre el tejido empresarial andaluz, en la elaboración
del presente decreto se ha dado audiencia a los agentes económicos y sociales en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se ha posibilitado la participación
activa de todas las personas que pudieran resultar afectadas por la norma. Además,
en cumplimiento del principio de transparencia, el texto del proyecto y las memorias e
informes de su expediente de elaboración han sido publicados en el Portal de la Junta de
Andalucía. Por otra parte, en aplicación del principio de eficiencia, el presente decreto,
dado su carácter organizativo respecto de la administración instrumental de la Junta de
Andalucía, no establece ninguna obligación ni carga administrativa a la ciudadanía ni a
las empresas.
Por lo que se refiere a la estructura del presente decreto, el mismo consta de un artículo
único, aprobatorio de los Estatutos de la Agencia Empresarial para la Transformación y
el Desarrollo Económico (TRADE), así como una disposición adicional primera, relativa
a la subrogación de dicha Agencia en las relaciones jurídicas, derechos y obligaciones
de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) y de la Agencia Andaluza
del Conocimiento, así como a la cesión global de activos y pasivos y extinción de
EXTENDA-Empresa Pública Andaluza de Promoción Exterior, S.A., una disposición
adicional segunda sobre el régimen de integración del personal, una disposición adicional
tercera relativa a la formalización de operaciones financieras, una disposición transitoria
única relativa a la Unidad de Transparencia de la Agencia de Innovación y Desarrollo de
Andalucía, una disposición derogatoria única y tres disposiciones finales.
Los Estatutos que se aprueban mediante el presente decreto se estructuran en
capítulos, que recogen de una forma ordenada los distintos aspectos enumerados en el
artículo 57.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.
En la elaboración de los Estatutos que se aprueban mediante el presente decreto se
ha tenido en cuenta la perspectiva de la igualdad de género de acuerdo con el artículo 5
de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía, ya que estos Estatutos se alinean con el objetivo de lograr la igualdad de
oportunidades entre mujeres y hombres así como con las políticas transversales de la
Junta de Andalucía en materia de igualdad. Asimismo, en la composición de los órganos
colegiados de la Agencia se cumple el principio de representación equilibrada, de acuerdo
con el artículo 11 de la citada Ley 12/2007, de 26 de noviembre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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