3. Otras disposiciones. . (2023/57-57)
Acuerdo de 21 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se declara Municipio Turístico al municipio de Úbeda (Jaén).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

página 5492/2

En su virtud, a propuesta del Consejero de Turismo, Cultura y Deporte, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.2 de la Ley 13/2011, de 23 de diciembre, y
en el artículo 11 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno, en reunión celebrada el 21 de marzo de 2023,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280543

- Servicios públicos básicos que, según lo previsto en la normativa básica estatal
sobre Régimen Local, preste el municipio respecto a la vecindad y a la población turística
asistida, cuyo refuerzo se precise para satisfacer sus necesidades.
- Servicios específicos prestados por el municipio que tengan una especial relevancia
para el turismo.
- Disponer de planes de accesibilidad para la supresión de barreras arquitectónicas,
urbanísticas y de transporte.
- Inversiones previstas en el presupuesto municipal para la promoción e infraestructuras
turísticas.
- Existencia de oficinas de turismo accesibles convenientemente señalizadas y equipadas.
- Existencia de recursos turísticos en el término municipal, declarados de interés
turístico o de interés cultural.
- Plazas de alojamiento inscritas en el Registro de Turismo de Andalucía.
- Adopción de medidas de defensa y restauración del patrimonio cultural y urbano.
- Existencia de Ordenanzas Fiscales y de Medio Ambiente, en las que figuren
debidamente recogidas medidas para la preservación de los valores medioambientales.
- Adopción de medidas tendentes a corregir las desigualdades entre mujeres y
hombres, así como las adoptadas en materia de violencia de género, con incidencia en la
actividad turística.
- Ubicación del término municipal, total o parcialmente, en alguno de los espacios
naturales protegidos de Andalucía o sus Áreas de Influencia Socioeconómica.
- Existencia de un planeamiento urbanístico que contemple las dotaciones de
espacios libres y otras que cumplan las reservas mínimas previstas por la legislación
urbanística, justificándose su incidencia sobre la población turística asistida.
- Actuaciones para potenciar la movilidad sostenible no motorizada o la motorizada
basada en energías alternativas.
- Distintivos y certificaciones de calidad de los recursos y servicios turísticos que
tenga el municipio.
- Oficinas municipales donde se facilite información a la población turística asistida
sobre sus derechos como personas consumidoras y usuarias.
La Delegación Territorial de Turismo en Jaén, con fecha 12 de mayo de 2022, emite
informe favorable sobre la oferta turística del municipio. Asimismo, de conformidad con lo
establecido en el artículo 8 del Decreto 72/2017, de 13 de junio, el Consejo Andaluz del
Turismo, con fecha 27 de junio de 2022, informa favorablemente al respecto, al igual que
hizo el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales en su informe de 14 de junio de 2022, en
el que indica que no formula observaciones al trámite previsto en el artículo 20.2 de la
Ley 13/2011, de 23 de diciembre.
Emitidos los informes previos preceptivos y siendo estos favorables, la Secretaría
General para el Turismo, con fecha 19 de enero de 2023, realiza la correspondiente
propuesta de informe de la declaración del municipio de Úbeda como Municipio Turístico,
para su elevación a la Comisión de Valoración que, reunida el 3 de marzo de 2023, emite
informe favorable a la declaración del municipio de Úbeda como Municipio Turístico.
Instruido el procedimiento, se prescinde del trámite de audiencia en aplicación de
lo dispuesto en el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.