Disposiciones generales. . (2023/57-1)
Acuerdo de 21 de marzo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación del Plan Estratégico de Salud Mental y Adicciones de Andalucía (PESMAA).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 57 - Viernes, 24 de marzo de 2023

página 5486/3

Tercero. Contenido.
El Plan incluirá al menos los siguientes contenidos:
a) Un análisis de la situación de partida en referencia al contexto andaluz, nacional,
europeo y mundial.
b) Un diagnóstico que permita señalar los problemas, retos y necesidades a abordar
en el Plan.
c) La determinación de los objetivos perseguidos.
d) Una programación que establezca las medidas a ejecutar para el logro de los
objetivos definidos, incluyendo la estimación de los fondos destinados a financiar aquellas
y un cronograma orientativo para la consecución de los mismos.
e) Una organización o sistema para la gestión del Plan que determine o distribuya las
responsabilidades en su formulación y ejecución.
f) Un sistema de Seguimiento y Evaluación del Plan y sus correspondientes
indicadores de cumplimiento.
g) Una evaluación ex ante que permita optimizar las probabilidades de eficacia y
eficiencia del Plan.
h) Un informe de evaluabilidad emitido por el Instituto Andaluz de Administración Pública
que acredite los atributos básicos en el plan para la rendición de cuentas a la ciudadanía.
Cuarto. Procedimiento de elaboración y aprobación.
1. La Consejería de Salud y Consumo elaborará una propuesta inicial del PESMAA,
a través de la Dirección General de Atención Sociosanitaria, Salud Mental y Adicciones.
Para ello se constituirá un grupo de trabajo, bajo la coordinación de dicho órgano directivo,
en el que participarán profesionales expertos en las diferentes áreas que afectan a la
salud mental y a las adicciones.
2. Una vez elaborada la propuesta inicial, la misma será remitida a las Consejerías
competentes en materia de inclusión social, educación, empleo, justicia y hacienda;
y a los agentes sociales y sociedades científicas implicados en materia de adicción y
salud mental, para su análisis y aportación de propuestas. Igualmente, será sometida a
información pública, previo anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, por un
período no inferior a un mes y se publicará en la sección de transparencia del Portal de
la Junta de Andalucía y en la web de la Consejería competente en materia de salud. Por
último, se recabarán los informes preceptivos necesarios.
3. Cumplidos los trámites anteriores, la Dirección General de Atención Sociosanitaria,
Salud Mental y Adicciones, una vez valoradas todas las aportaciones recibidas,
trasladará la propuesta final de PESMAA a la persona titular de la Consejería competente
en materia de salud a fin de que la eleve al Consejo de Gobierno para su aprobación
definitiva mediante acuerdo.
Quinto. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Consejería competente en materia de salud para
dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo del presente acuerdo.
Sexto. Eficacia.
El presente acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 21 de marzo de 2023

Presidente de la Junta de Andalucía

CATALINA MONTSERRAT GARCÍA CARRASCO
Consejera de Salud y Consumo

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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JUAN MANUEL MORENO BONILLA