Autoridades y personal. . (2023/56-14)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, por la que se convocan plazas para realizar estancias de inmersión lingüística para el profesorado con destino en los Centros Públicos Bilingües dependientes de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.
6 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Jueves, 23 de marzo de 2023

página 5235/5

persona titular de la Consejería de Educación, la resolución definitiva publicándola
en la página web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional
(www.juntadeandalucia.es/educacion) en el plazo de tres meses a contar desde la fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
2. La resolución del procedimiento contendrá la relación definitiva de personas
seleccionas y suplentes en cada uno de los idiomas, indicando el orden de puntuación, y
la relación definitiva de personas excluidas, indicando el motivo de exclusión.
3. El vencimiento del plazo máximo sin que se haya dictado y publicado resolución
expresa, legitima a las personas interesadas para entender desestimadas sus solicitudes por
silencio administrativo, de conformidad con el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Decimosegundo. Adjudicación de plazas vacantes
En caso de producirse vacantes en cualquier momento anterior a la realización
de las estancias, y considerando las posibilidades logísticas de realizar sustituciones
personales en las estancias organizadas, la Dirección General Tecnologías Avanzadas
y Transformación Educativa resolverá la adjudicación de las plazas disponibles a las
personas suplentes en cada uno de los idiomas, siguiendo el orden de puntuación
establecido en la resolución.
Decimotercero. Obligaciones de las personas seleccionadas.
1. Las personas seleccionadas están sujetas a las siguientes obligaciones:
a) Comunicar a la mayor brevedad posible, si es el caso, la renuncia a la plaza
adjudicada.
b) Participar con aprovechamiento en la estancia de inmersión lingüística asignada.
c) Adaptarse y respetar los horarios y costumbres del lugar donde se celebre la
estancia, así como las normas de funcionamiento de los centros de formación, alojamiento
y manutención.
d) Asistir al curso de formación y a las actividades extralectivas programadas.
e) Cumplimentar a través de Séneca la encuesta final de evaluación en el plazo de 15
días hábiles después de la finalización de la estancia.
f) Remitir en un plazo de 15 días hábiles después de la finalización de la estancia,el
certificado de asistencia al curso de formación a la Dirección General de Tecnologías
Avanzadas y Transformación Educativa.
g) Someterse a las actuaciones de comprobación, evaluación y control que realice la
Dirección General de Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, o cualquier
otra autoridad encargada del control de esta convocatoria, así como cumplimentar los
documentos que al efecto le sean requeridos.
2. El incumplimiento de estas obligaciones podrá dar lugar a la revocación de la plaza
concedida y a la exclusión de la persona participante de los servicios incluidos en la estancia.

Decimoquinto. Financiación.
El importe máximo de gasto para esta convocatoria es de 644.900 euros y se
imputará al programa 54C Tecnologías Avanzadas y Transformación Educativa, partida
presupuestaria 1100038406 G/54C/22927/01 del presupuesto de la Consejería de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
Decimosexto. Fecha de efectos
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00280285

Decimocuarto. Certificación.
Las personas participantes en las estancias que hayan cumplido las obligaciones
establecidas en el apartado anterior recibirán una certificación de asistencia de al menos
50 horas de formación.